Artículo 16.- Tentativa
En la tentativa el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo.
El juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena, excepto en los casos de los delitos regulados en los artículos 108-B, 152, 189, 200, con excepción de los párrafos tercero y cuarto, y 317 o en los delitos comprendidos en el Título I-A y en el Capítulo IX del Título IV del Libro Segundo, donde la disminución no es mayor que un tercio del mínimo de la pena fijada por ley.
CONCORDANCIAS:
- Constitución Política del Perú:
- arts. 2.24. 3, 139.11.
- Código Penal:
- arts. IV, VIII, 2.2, 13, 14, 46.1.b, 46.2.c, 46.2.e, 46.2.g.
- Nuevo Código Procesal Penal:
- art. 2.
- Código Civil:
- art. 667.1
JURISPRUDENCIA:
CORTE SUPREMA
Concepto normativo de acceso carnal en el delito de violación sexual de menor y exigencias probatorias «Recurso Casación Nro. 1111-2018/Ayacucho»Sumilla: Los hechos imputados deben examinarse no solo desde el material probatorio, sino también en función a la subsunción jurídico penal. Es decir, el alcance exacto de los elementos del tipo delictivo acusado –se ha de probar aquellos hechos penalmente relevantes– determina el juicio histórico. 2. El elemento objetivo del tipo penal de violación sexual parte de entender que el acceso carnal es un concepto normativo. No es necesario para la consumación una penetración integra o que haya traspasado ciertos límites anatómicos; y, en el caso de penetración vaginal, basta una introducción parcial y que únicamente se produzca en la zona de los labios de la vulva que ya forman parte de la vagina aunque lo sea en su porción externa –zona vestibular vaginal–. 3. No es de recibo cuestionar la versión de la víctima por el hecho de que afirmó que fueron varios los ataques sexuales pero solo habría sufrido desfloración parcial del himen. Es patente, desde luego, que, dada la escasa edad de la víctima, si la penetración hubiera sido completa, las lesiones que tendría serían graves y con ...
Dosificación punitiva proporcional en concurrencia de circunstancia agravante cualificada y disminución de punibilidad «Recurso de Nulidad Nro. 506-2022/Lima Este»Sumilla: Respecto a la concurrencia de una circunstancia agravante cualificada y a la vez una causal de disminución de la punibilidad, en estos casos, se deben modificar tanto los límites mínimos como máximos del marco punitivo legal. Así pues, en el caso concreto, se tiene que, en virtud de la agravante cualificada por reincidencia, corresponde una extensión de 14 años (lo que equivale a no menos de 20 años) por encima del máximo legal. En virtud de la causal de disminución de punibilidad por tentativa, resulta prudente rebajar 2 años por debajo del mínimo legal. De tal forma que, la nueva pena abstracta oscilará desde los 10 años hasta los 34 años. Existe un margen punitivo de 24 años. Acto seguido, se tiene que dividir dicho margen punitivo, en relación con la cantidad de agravantes específicas que tiene el artículo 189, esto es 8, asignándosele un valor cuantitativo similar a cada una de ellas (aproximadamente 3 años por cada agravante), y luego, partiendo del mínimo legal, a mayor número de circunstancias agravantes específicas, sería mayor la posibilidad de alcanzar el extremo máximo ...
Desvinculación de tentativa de feminicidio a agresiones contra mujeres por ausencia de intención homicida «Recurso de Nulidad Nro. 622-2022/Lima»Sumilla: La Sala Penal Superior sustentó la desvinculación de la tentativa del delito de feminicidio con base en la ausencia de la intención del sentenciado para producir la muerte de la agraviada. Sin embargo, ello no implica que su conducta no revista de lesividad y constituye una infracción a la norma penal, puesto que, conforme con el certificado médico legal, la agresión se subsume en el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, previsto en el inciso 1 del artículo 122-B del Código Penal. Lesiones que fueron causadas en un contexto de violencia familiar. Fundamentos destacados: El Supremo Tribunal señala que "en efecto, la ausencia de la intención para producir la muerte de la agraviada no implica que su conducta no revista de lesividad y tipifique otro tipo penal, puesto que, conforme al certificado médico legal practicado a la agraviada, la agresión se subsume en el delito previsto en el inciso 1 del artículo 122-B del CP, referido a las agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar. Lesiones que se desarrollaron en ...
Reducción de pena y conversión en prestación de servicios comunitarios por responsabilidad restringida en robo agravado tentado «Recurso de Nulidad Nro. 592-2022/Lima Sur»Sumilla: Al respecto cabe precisar que el procedimiento utilizado por la Sala Superior para la determinación de la pena resulta correcto. No obstante, este Supremo Tribunal considera que dada la concurrencia de dos circunstancias de atenuación calificadas y especialmente que el recurrente al momento de los hechos contaba con dieciocho años de edad, encontrándose en el umbral de la imputabilidad, la reproducción de la pena habilitada legalmente, debe darse de modo superlativo alcanzando los seis años con diez meses y nueve días la pena quedó en cuatro años con ocho meses, a la cual se le aplica la bonificación procesal por acogimiento a la conclusión anticipada del juzgamiento, por lo que la pena definitiva que corresponde imponer es de cuatro años privativa de libertad. Frente a este panorama, surge como alternativa idónea la conversión de la pena de cuatro años de privativa de libertad efectiva, por una pena de doscientos ocho jornadas de prestación de servicios a la comunidad, en aplicación del artículo 52 del código en mención, pues esta, permite al penado internalizar la gravedad de su ...
Limitaciones de la excepción de improcedencia de acción: análisis de solo hechos imputados sin valoración probatoria «Casación Nro. 184-2018/Amazonas»Sumilla:Para deducir una excepción de improcedencia de acción se debe partir de los hechos descritos por el Ministerio Público; el juez, al evaluar la misma, solo debe tener en cuenta los hechos incorporados por el fiscal en el acto de imputación pertinente. La excepción de improcedencia de acción se concreta en el juicio de subsunción normativa del hecho atribuido a un injusto penal o punibilidad. Por último, el juicio procesal de la responsabilidad penal no corresponde ser examinado en una excepción de improcedencia de acción. Fundamentos destacados:Este Tribunal Supremo mediante la Casación N.º 407-2015/Tacna ya estableció que para deducir una excepción de improcedencia de acción se debe partir de los hechos descritos en la disposición fiscal de formalización de la investigación preparatoria. A su vez, el juez, al evaluar dicha excepción, solo debe tener en cuenta los hechos incorporados por el fiscal en el acto de imputación pertinente. En efecto, la excepción de improcedencia de acción se concreta, por su propia configuración procesal, en el juicio de subsunción normativa del hecho atribuido a un injusto penal o a la punibilidad, en tanto ...
La celeridad no justifica la transgresión de las garantías constitucionales «Casación Nro. 1518-2021/Huancavelica»Sumilla:Se declara infundado el recurso de casación al no haberse acreditado la concurrencia de las causales casacionales alegadas. De la revisión de la resolución de vista recurrida no se advierten defectos nulificantes; al contrario, en vigencia del principio de legalidad, se corrigió una situación de patente vulneración de la norma y las garantías constitucionales. Fundamentos destacados:El debido proceso no contempla la desnaturalización de un proceso establecido en la ley bajo el pretexto de una celeridad inusitada, por lo que, en el presente caso, se advirtió la existencia de nulidad absoluta al haberse vulnerado derechos fundamentales, lo que no se trata de una mera formalidad, sino de una cuestión de fondo en que se ha desnaturalizado el proceso de terminación anticipada con su aplicación errática, y en su momento debió declararse su improcedencia por carecer de los debidos sustentos fácticos y jurídicos. Hechos del caso:El 20 de noviembre de 2018, el representante del Ministerio Público presentó un requerimiento de prisión preventiva contra J.H.N. por robo agravado en grado de tentativa. Para atender dicho requerimiento, se programó una audiencia para el 22 de noviembre de 2018. Al llegar el día ...
Tentativa de robo agravado: ausencia de disponibilidad potencial del bien sustraído «Recurso de Casación Nro. 1356-2021/Ica»Sumilla:En el presente caso, no existió la disponibilidad potencial del bien, como se exige en la Sentencia Plenaria n.° 1-2005/DJ-301-A para que estemos frente a la consumación del ilícito. Es cierto que los sentenciados superaron el obstáculo que colocó en la trocha el acompañante del agraviado; sin embargo, una vez superado este fueron intervenidos por los efectivos policiales, que circunstancialmente se encontraba en la zona. En consecuencia, no se materializó la disponibilidad de la cosa sustraída. Por lo que el razonamiento de los tribunales de mérito es correcto. El delito quedó en grado de tentativa. Fundamentos destacados:El criterio de la disponibilidad potencial, que no efectiva, sobre la cosa permite desestimar de plano teorías clásicas como la aprehensio o contrectatio, la amotio y la illatio; y ubicarse en un criterio intermedio que podría ser compatible con la teoría de la ablatio. El desplazamiento de la cosa en el espacio no es el criterio definitorio del hurto, sino el desplazamiento del sujeto que puede realizar actos de disposición. Hechos del caso:El uno de enero de dos mil diecinueve, antes de las 6:00 horas, el agraviado Summer L.E.C ...
Interpretación sistemática del derecho al recurso en la etapa intermedia: impugnación de resoluciones desestimatorias de excepciones «Casación Nro. 1704-2022/Tacna»Sumilla:I. De entrada, atañe efectuar la interpretación de concordancia práctica entre el artículo I (numeral 4) del Título Preliminar del Código Procesal Penal, con los artículos 352 (numeral 3), 416 (numeral 1, literal b) y 417 del aludido código. El asunto en cuestión versa respecto del siguiente supuesto de hecho: "De estimarse cualquier excepción o medio de defensa, el Juez expedirá en la misma audiencia la resolución que corresponda. Contra la resolución que se dicte, procede recurso de apelación. La impugnación no impide la continuación del procedimiento" (negritas propias). II. Así, del aludido precepto procesal dimanan dos interpretaciones: i. la literal formalista, según la cual el término "estimarse" solo está referido a las resoluciones que declaran fundada la excepción procesal o medio de defensa; y, ii. la contextual y sistemática, conforme a la cual ha de entenderse que la conjugación verbal "estimarse" es sinónimo de admisibilidad a trámite, no de decisión de fundabilidad. Se resalta, sin embargo, que la primera forma de interpretación no solo es restrictiva del compromiso convencional y del derecho al recurso, en el sentido de que las decisiones ...
Eficacia acumulativa de causales de disminución de punibilidad en responsabilidad restringida y tentativa «Recurso de Casación Nro. 1159-2022/Huaura»Sumilla: En el caso, concurren dos causales de disminución de punibilidad: la tentativa y la responsabilidad restringida por la edad, cuyos efectos son acumulables por el principio de eficacia acumulativa, pero no en el sentido de una operación aritmética de suma entre los valores a disminuir, sino como exigencia de que todas las causales concurrentes surtan eficacia práctica en el procedimiento de determinación de la pena y no se excluyan entre sí. El efecto acumulativo exige (i) establecer los espacios de punibilidad que resulten de la aplicación independiente, autónoma, de cada causal de disminución; luego, como en este caso se obtuvieron dos espacios de punibilidad reducidos, (ii) entre ambos se selecciona el mínimo menor y el máximo mayor, para por último generar así el espacio punitivo final al que habrá de aplicarse el sistema de determinación de la pena que correspondiera por la naturaleza del delito. En el caso, luego de aplicar el sistema de tipo escalonado, se determinó en seis años y once meses la pena privativa de libertad efectiva. Por lo demás, no corresponde suspender la sanción. Se verifica que en ...
Aplicación del principio de interés superior del niño en la imposición de prisión preventiva «Casación Nro. 1421-2023/Loreto»Sumilla:El interés superior del niño y adolescente estaría presente ineludiblemente si fuese el niño o adolescente el que va sufrir la prisión preventiva; empero, si los que van a sufrir la prisión preventiva no son ellos, sino el progenitor o el que esté a cargo de la patria potestad del menor, lo que se exige es que se tenga que hacer una ponderación entre la sujeción al proceso del investigado y el impacto que una medida coercitiva como la prisión preventiva contra el progenitor que mantiene al menor pueda causar en el niño o adolescente. En otras palabras, dicho principio no se aplica solo por el hecho de que un procesado sea progenitor de menores de edad, y menos ignorando los hechos atribuidos, sino que tienen que concurrir otros elementos de mayor fortaleza para su aplicación en el caso concreto; por otro lado, también se tiene que hacer un ejercicio de ponderación, es decir, se tiene que establecer si frente al interés superior del niño y adolescente no hay otros intereses o principios en juego que necesiten igual rescate. El juez tendrá que decidir ...
Temporalidad de la tenencia ilegal de arma de fuego: insuficiencia de elementos para prisión preventiva «Casación Nro. 2835-2021/Loreto»Sumilla: I. La comisión del delito, tanto en las conductas delictivas del "porte" como en la "tenencia en sentido estricto", no está vinculada, para su configuración, a la magnitud temporal, pues se requiere la situación posesoria mínima del arma, lo que se consolida en el "uso", por cuanto es exigible, además, la facultad o posibilidad de disposición del arma o de ser empleada, cualquiera que sea la duración del tiempo que permita su utilización. Asimismo, uno de los elementos generales que deben sustentarse es "precisar si la posesión del arma de fuego puede o no ser esporádica, circunstancial o permanente", si bien esto fue señalado como elemento que debe sustentarse en la acusación, como se expone en el apartado 10.6 del décimo considerando de la Casación n.o 883-2019/Arequipa, es un aspecto que, más bien, consolida la conclusión a la que se arribó. II. Lo expuesto —errónea interpretación de los elementos del tipo penal— no cambia los argumentos respecto a la insuficiencia de elementos de convicción, prognosis de pena y peligro de fuga a que arribaron los jueces de ambas instancias, respecto al primer ...
Derecho inviolable a ser asistido por un abogado defensor de elección y limitaciones del reemplazo de la defensa «Casación Nro. 509-2019/Ucayali»Sumilla I. Toda persona tiene derecho inviolable e irrestricto a ser asistida por un abogado defensor de su elección, concretizado en las disposiciones previstas en el numeral 14 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el literal d, del numeral 2, del artículo 8, así como en el artículo IX, inciso 1, del Título Preliminar del Código Procesal Penal II. El juez tiene la facultad de reemplazar al abogado de elección por inasistencia a la diligencia de carácter inaplazable, conforme el artículo 85, inciso 1, del Código Procesal Penal. Tal dispositivo normativo procesal no prevé el término "excluir" en ninguno de sus lineamientos, sino solo prevé el término "reemplazar" a la defensa de elección para el desarrollo con normalidad del acto procesal para el que fue citado. Dichos términos contienen acepciones diferentes. III. En el caso concreto, constituye una vulneración a la normativa procesal que el Juzgado Colegiado, en la etapa de Juzgamiento, haya continuado con la exclusión sin amparo legal alguno, al abogado de elección presente en la ...
Homicidio calificado: configuración de la agravante de alevosía cuando el agente actúa exento de riesgo impidiendo la defensa de la víctima «Casación Nro. 734-2019/Loreto»Sumilla: Homicidio calificado La agravante de la alevosía se configura cuando el agente activo realiza el acto exento de todo riesgo y se asegura de lo necesario para impedir la defensa de la víctima. Fundamentos destacados: La agravante de la alevosía se configura cuando el agente activo realiza el acto exento de todo riesgo y se asegura de lo necesario para impedir la defensa de la víctima; en tal supuesto, deben concurrir tres factores: a) ocultamiento del sujeto activo o de la agresión misma, b) falta de riesgo del sujeto activo al momento de ejecutar su acción homicida y c) estado de indefensión de la víctima. El elemento subjetivo de esta modalidad está dirigido a la específica utilización por el culpable de los medios, modos y formas de ejecución hacia aquel fin. Hechos del caso: El 17 de septiembre de 2017, aproximadamente a las 19:00 horas, Martine Arnold G.A. se dirigió al inmueble ubicado en la calle Trujillo manzana C, lote 18, Punchama, provisto de un machete, en busca de su conviviente, Patricia S.T. Inicialmente, Alberto S.U., ...
Reincidencia y tentativa: reglas de dosificación de la pena cuando ambas concurran «Casación Nro. 1154-2022/Loreto»Sumilla Reincidencia y tentativa: reglas de dosificación de la pena cuando ambas concurran Cuando concurre una circunstancia agravada cualificada, como la reincidencia, y una causal de disminución de punibilidad, como la tentativa, se debe optar por las siguientes reglas: (i) se debe comenzar por identificar el nuevo marco punitivo abstracto que se genera con la configuración de la reincidencia, esto es, debe determinarse el nuevo espacio punitivo a partir de la pena prevista en la ley para el delito conminado; (ii) se debe identificar el extremo mínimo y máximo del nuevo marco punitivo que se generó con la reincidencia, para lo cual el extremo mínimo estará en función del máximo de la pena conminada del tipo penal materia de imputación y el extremo máximo —según se encuentre dentro de los supuestos del segundo o tercer párrafo del artículo 46-B del Código Penal—, estará circunscripto a la mitad o dos tercios por encima del máximo legal, respectivamente; y (iii) una vez definido el espacio punitivo anterior, se aplicará la disminución prudencial de la pena, conforme lo exige la tentativa, la cual deberá ser por debajo del nuevo ...
Reducción de pena por tentativa y responsabilidad restringida en robo agravado «Recurso Casación Nro. 906-2022/Ica»Sumilla El contenido de la declaración es clara y precisa, así como da cuenta del intento de robo del morral del agraviado –éste contenía una cámara, un celular, pasaporte y tarjetas varias–. No es que se excluyó el nombramiento de un traductor pese a la necesidad de su intervención, sino que la situación era de urgencia: el agraviado era un turista de paso por Ica y, por tanto, próximo a regresar a Canadá, y se carecía de un traductor juramentado. La traducción, por razones de urgencia (riesgo de pérdida de la información del agraviado) se efectuó a través de un dispositivo electrónico y no consta que ese medio tecnológico era impropio para el fin de consignar la declaración sobre los hechos de la víctima. Lo que se consignó en el acta de declaración no fue objetada por la defensa del imputado. Además, lo que se declaró es concordante y convergente con el resto del material probatorio disponible y, específicamente, del testigo presencial Ángel de Jesús Velásquez, que observó el forcejeo entre imputado y agraviado y que este último le dijo que el primero intentaba robarle; sindicación ...
La consumación en el delito de robo agravado. Casación fundada en parte «Recurso de Casación Nro. 2183-2021/Tacna»Sumilla En el curso de la ejecución del delito de robo es posible identificar (i) el emprendimiento, que inicia con los actos inmediatamente anteriores a la sustracción de la cosa, continúa con los actos propios de sustracción —tentativa inacabada— y culmina con el desplazamiento físico del bien hacia el sujeto activo —tentativa acabada—; (ii) la consumación, que importa que, una vez en el ámbito del sujeto activo, este ostente la disponibilidad potencial sobre la cosa, y (iii) el agotamiento, que supone la disposición real y efectiva del bien apoderado. Los medios ejecutivos de violencia o amenaza deben presentarse desde la primera fase, pues se orientan a facilitar la consumación del ilícito. La Sentencia Plenaria n.° 1-2005/DJ-301-A apeló a la disponibilidad potencial de la cosa sustraída como principio regulativo para determinar el grado de ejecución de los delitos de hurto y robo. Se trata de un principio hermenéutico. Así, no se debe simplemente subsumir el hecho en las situaciones prototípicas de disponibilidad potencial, descritas en la citada sentencia. El núcleo del análisis debe obedecer fundamentalmente a si el agente ostentó o no la potencial disposición ...
Vulneración del derecho a la debida motivación en sentencia que confirmó condena por feminicidio e inconsistentemente absolvió por el tipo base «Casación Nro. 1368-2017/Huaura»Sumilla:La Sala Penal de Apelaciones constató que el suceso fáctico fue realizado por el sentenciado, sin embargo, en la parte decisoria confirmó la condena por la modalidad agravada del delito de feminicidio, y lo absolvió por la comisión del tipo base, lo que resulta procesalmente incorrecto y evidencia una falta de coherencia en el pronunciamiento. Por lo que, al haberse vulnerado el derecho a la debida motivación de las resoluciones, se anula la sentencia de vista, y actuando en sede de instancia, al verificarse la corrección de la sentencia de primera instancia, esta debe mantenerse. Fundamentos destacados:El Acuerdo Plenario N.° 01-2016/CJ-116, fundamento jurídico cincuenta y tres, precisa que el legislador ha considerado necesario ubicar el ataque de la vida de la mujer en un contexto situacional determinado, estimando que la violencia desencadenante de la muerte de la víctima es el resultado de un conjunto de circunstancias precedentes y parte de construcciones culturales que han alimentado el resultado fatal. Desde esa perspectiva, resulta incorrecta la interpretación del juzgador de primera instancia, pues el referido elemento contextual, al encontrarse ...
Suficiencia probatoria para condenar en el delito de feminicidio «Recurso de Nulidad Nro. 793-2019/Lima Este»Sumilla:La lógica de violencia familiar está plenamente acreditada con el relato de la víctima y de sus vecinos, así como, especialmente, con la pericia psicológica ya analizada. Es claro, igualmente, que el imputado atacó a la agraviada, la amarró, le presionó el cuello, la amenazó con cuchillo, lanzó improperios y directamente, en dos ocasiones consecutivas en ese momento, anunció su propósito homicida. Como se sabe el hecho interno –elemento subjetivo del tipo penal– se acredita, ante la ausencia de confesión corroborada, mediante prueba por indicios. En el presente caso las lesiones y el contexto en que se produjeron, el medio empleado y la huida de la víctima, en ropa interior, denotan un animus necandi. La sentencia, por consiguiente, es fundada. Fundamentos destacados: "La lógica de violencia familiar está plenamente acreditada con el relato de la víctima y de sus vecinos, así como, especialmente, con la pericia psicológica ya analizada. Es claro, igualmente, que el imputado atacó a la agraviada, la amarró, le presionó el cuello, la amenazó con cuchillo, lanzó improperios y directamente, en dos ocasiones consecutivas en ese momento, anunció su propósito homicida. Como se ...
La tentativa de feminicidio: violencia familiar como manifestación del poder masculino «Recurso de Nulidad Nro. 599-2020/Lima»Sumilla: La violencia contra la mujer, como define el Acuerdo Plenario N.° 1-2016/CJ-116, constituye la expresión de toda violencia que se ejerce por el hombre contra esta por su condición de tal, y tiene su génesis en la discriminación intemporal, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Desde esta perspectiva la violencia contra las mujeres no se reduce al ámbito familiar (como parte de la relación de subordinación), sino a una estructura social caracterizada por la discriminación, desigualdad y relaciones de poder entre el hombre y la mujer. En el contexto de violencia familiar, la motivación de esta conducta frecuente del hombre es la actitud de desprecio, subestimación, supuesta legitimidad para sancionarla por incumplimiento de roles estereotipados, misoginia o celotipia basada en la despersonalización o subestimación de la víctima. Fundamentos destacados:La violencia contra la mujer, como define el acuerdo plenario antes citado, constituye la expresión de toda violencia que se ejerce por el hombre contra esta por su condición de tal, y tiene su génesis en la discriminación intemporal, la situación de desigualdad y las relaciones de ...
Suficiente actividad probatoria de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia en tentativa de violación sexual de menor de edad «Recurso de Nulidad Nro. 1209-2018/Lima»Sumilla:En el caso en concreto, existe la suficiente actividad probatoria de cargo, la que ha sido actuada y valorada correctamente por la Sala Penal Superior, para desvirtuar la presunción de inocencia del sentenciado. Fundamentos destacados: El principio de inocencia construye una presunción en favor del acusado de un delito, según el cual este es considerado inocente mientras no se haya establecido su responsabilidad penal mediante una sentencia firme. De este modo, para establecer la responsabilidad penal de un imputado, el Estado debe probar su culpabilidad más allá de toda duda razonable. La presunción de inocencia se relaciona, en primer lugar, con el ánimo y actitud del juez que debe conocer de la acusación penal. El juez debe abordar la causa sin prejuicios y bajo ninguna circunstancia debe suponer que el acusado es culpable. Por el contrario, su responsabilidad reside en construir la responsabilidad penal de un imputado a partir de la valoración de los elementos de prueba con los que cuenta. Hechos del caso: Los hechos que dieron origen a la presente jurisprudencia se centran en ...
Valoración de la manifestación de la víctima de feminicidio en grado de tentativa según los criterios del Acuerdo Plenario N° 2-2005/CJ-116 «Recurso de Nulidad Nro. 2475-2018/Selva Central»Sumilla:El recurso interpuesto se desestima respecto a la condena impuesta, ya que la imputación formulada –primer párrafo del artículo 107 (feminicidio), concordante con el artículo 16 del Código Penal– contra el sentenciado se corroboró mediante el análisis conjunto de los medios de prueba incorporados en el proceso, así como con los estándares normativos fijados en los Acuerdos Plenarios signados con los números 2-2005/CJ-116 –sindicación de la víctima: i) ausencia de incredibilidad subjetiva, ii) verosimilitud y iii) persistencia en la incriminación– y 1-2011/CJ-116 –rectificación de la víctima–. De igual manera, el grado de tentativa del delito imputado también se corroboró con la manifestación policial brindada por la víctima, la cual fue valorada conforme a los acuerdos plenarios antes indicados. Por otro lado, se advierte que después de los hechos, el agresor intentó enmendar dicha situación –reconciliándose con la agraviada– lo que no es indiferente para esta Sala Suprema a efectos de dosificar la pena impuesta. Fundamentos destacados:"El recurso interpuesto se desestima respecto a la condena impuesta, ya que la imputación formulada –primer párrafo del artículo ...
Elemento subjetivo del delito de feminicidio: los celos como móvil determinante de la tentativa «Recurso de Nulidad Nro. 466-2021/Lima Norte»Sumilla:Al acreditarse el móvil en la conducta del recurrente (celos), se desestima cualquier viso de responsabilidad objetiva. Fundamentos destacados:"Entonces, la conducta de Goicochea Esparraga tuvo como móvil los celos. Por tanto, el tipo subjetivo del delito se encuentra suficientemente acreditado. Como tal, es indiferente si el recurrente ingresó al domicilio de la víctima con un cuchillo o si lo encontró en el lugar donde se suscitó la agresión, pues esta circunstancia no matizó su intención de querer acabar con la vida de la agraviada, ya que fueron sus celos los que lo llevaron a ingresar a la casa de la agraviada solo para reprocharle que mantenía contacto con el padre de su hija." Hechos del caso:El 27 de marzo de 2018, aproximadamente a las 2:00 horas, Jhon Willan Goicochea Esparraga se constituyó al inmueble ubicado en la avenida Gerardo Izaguirre, manzana A, lote 1, AA. HH. San José, San Martín de Porres, donde descansaba la agraviada Elba Rocío Toribio Yaurimucha. El procesado solicitó usar los servicios higiénicos y al retornar, la agraviada le reclamó por su celular que tenía en su ...
Ausencia de dolo en el delito de desobediencia a la autoridad cuando la víctima propicia el reencuentro y la convivencia con el agresor «Casación Nro. 1898-2021/Huaura»Sumilla:No se configura el concurso ideal de delitos cuando la conducta del agente no se adecúa a uno de los delitos imputados por falta del elemento subjetivo del dolo. Fundamentos destacados:Las medidas de protección son medidas otorgadas por el órgano jurisdiccional para hacer efectivo el cuidado y protección de la integridad de las mujeres, los niños u otro integrante del grupo familiar cuando son víctimas de violencia en su contra. Su finalidad es cesar la agresión o la reincidencia de esta y separar de todo medio perjudicial a la víctima. Son de carácter temporal y urgente, cesan cuando se extingue el riesgo o peligro que las originó y pueden variarse a solicitud de parte. Hechos del caso:El Ministerio Público sostiene que Álvaro Luis Canchica López y Yosmary Josefina Acosta Ugarte, ambos de nacionalidad venezolana, mantuvieron una relación convivencial por aproximadamente dos años en una habitación alquilada. La relación estuvo marcada por constantes problemas debido a los celos del acusado. El 31 de agosto de 2019, Canchica López agredió físicamente a la agraviada golpeándole la nariz ...
Ponderación del principio de proporcionalidad y humanidad de las penas en el delito de feminicidio en grado de tentativa «Casación Nro. 1907-2019/Cusco»Sumilla:No se puede sacrificar el principio de proporcionalidad en aras del principio de humanidad o viceversa. Hacer prevalecer un principio en desmedro del otro es arbitrario. Por lo tanto, corresponde ponderar razonablemente los principios en cuestión. Fundamentos destacados:La pena privativa de libertad efectiva es una respuesta a los delitos que son incuestionablemente graves, y el de feminicidio es uno que amenaza significativamente la paz social y la seguridad colectivas. Por lo demás, constituye un atentado de género que es preciso controlar y erradicar. Hechos del caso:El 5 de octubre de 2018, aproximadamente a las 16:00 horas, Alex Huanacchiri Mamani intentó ahorcar a su conviviente Amanda Andrade Vargas luego de una discusión originada por celos, al sorprenderla observando una mudanza en el primer piso de su vivienda. El acusado la golpeó en distintas partes del cuerpo, presionándola fuertemente en el cuello e impidiéndole respirar, originándose una lucha entre ambos. El acusado apretaba cada vez más fuertemente su cuello diciéndole: "Muere, no mueres hasta ahora", a tal punto que nubló la visión de la agraviada y no podía respirar. La víctima ...
Parricidio, legítima defensa imperfecta y reducción de pena por violencia de género previa «Recurso de Nulidad Nro. 2145-2018/Lima Norte»Sumilla:El contexto situacional revela que entre la acusada JOSELYNE KATERIN MITMA CANO y el agraviado Jhosimar Cristhian Payano Ramírez existieron episodios de violencia familiar, lo que desencadenó que el once de noviembre de dos mil diecisiete se agredieran verbalmente (insultos) y luego físicamente (golpes de puño y puntapiés). En el fragor de la pelea, la primera tomó un cuchillo de 22 centímetros (10,5 centímetros de mango y 11,5 centímetros de hoja) y lo introdujo tres veces en el cuerpo del segundo, como ella misma reconoció al inicio de la investigación, en presencia del representante del Ministerio Público y su abogado defensor. Se ha configurado un delito de parricidio en grado de tentativa. La concurrencia del animus necandi y del dolo homicida es razonable. No converge un curso causal alternativo e hipotético para vislumbrar un animus laedendi. Fundamentos destacados:De parte de la imputada JOSELYNE KATERIN MITMA CANO no existió razonabilidad ni proporcionalidad en el medio utilizado para defender o cautelar su vida o integridad física. Fue golpeada por el agraviado Jhosimar Cristhian Payano Ramírez y reaccionó infiriéndole tres puñaladas en el cuerpo. Por ...
Corte Suprema ratifica condena por tentativa de robo agravado: Declaración persistente de la víctima y prueba preconstituida superan cuestionamientos de la defensa «Recurso de Nulidad Nro. 847-2023/Lima» Sumilla La declaración incriminatoria del agraviado Juan Carlos Rojas Cuellar ha cumplido con los estándares del Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. Este panorama permite concluir que está probada la participación del recurrente Cuba Gálvez en los hechos que se le atribuyen. Ahora bien, respecto a las agravantes, también se ha acreditado que el delito ocurrió a mano armada y con el concurso de dos o más personas. Este Supremo Tribunal estima que los elementos de prueba analizados avalan la decisión asumida por el Tribunal de Mérito, el razonamiento construido respecto a las premisas que establece y las conclusiones a las que arriban han derrotado el principio de presunción de inocencia que asiste al recurrente, previsto en el artículo 2, inciso 24, párrafo e, de la Constitución Política del Perú. No subyace afectación al debido proceso en su dimensión de una motivación aparente, ni afectación al derecho de defensa; tampoco hay probabilidad reforzada probatoriamente de una versión alternativa a los hechos; por lo que la condena por tentativa de robo con circunstancias agravantes debe ser ratificada ...
Interés superior del niño vs. determinación de la pena: La Corte Suprema analiza los límites de su aplicación en casos de robo agravado «Recurso de Nulidad Nro. 937-2023/Lima Sur» Sumilla El principio de interés superior del niño, aunque no se configura como una causal de disminución de la punibilidad, permitiría en atención al caso en concreto, efectuar una reducción prudencial de la pena, siempre que consten en los recaudos elementos probatorios que permitan identificar cuáles serían las particularidades de los hijos del sentenciado que por la especial situación en la que se encontrarían, requerirían de su cuidado. Este es un aspecto que, aunque invocado, no fue desarrollado ni explicitado por la defensa, por lo que el agravio expuesto en este sentido debe ser desestimado. Fundamentos destacados El principio de interés superior del niño, aunque no se configura como una causal de disminución de la punibilidad, permitiría, en atención al caso en concreto, efectuar una reducción prudencial de la pena, siempre que consten en los recaudos elementos probatorios que permitan identificar cuáles serían las particularidades de los hijos del sentenciado que, por la especial situación en la que se encontrarían, requerirían de su cuidado. Este es un aspecto que, aunque invocado, ...
Consumación del delito de robo agravado y desvinculación procesal «Recurso de Nulidad Nro. 1643-2023/Lima» Sumilla La consumación del delito de robo se da cuando el autor puede realizar actos de disposición sobre el bien sustraído, no por el mero desplazamiento del objeto. La violencia o amenaza puede ocurrir antes, durante o inmediatamente después de la sustracción, pero antes del apoderamiento —que define la consumación de este delito—. Si el agente es sorprendido y perseguido in fraganti, capturado con el botín completo o este es abandonado y recuperado, el delito queda en tentativa. En el caso expuesto, la amenaza fue para facilitar la fuga, configurándose un robo tentado, ya que no se alcanzó la disposición del bien. Fundamentos destacados "Si el agente es sorprendido in fraganti o in situ y perseguido inmediatamente y sin interrupción es capturado con el íntegro del botín, así como si en el curso de la persecución abandona el botín y este es recuperado, el delito quedó en grado de tentativa". Hechos del caso El 17 de mayo de 2019, aproximadamente a las 6:00 horas, I.M.P. ingresó al minimarket Cristomark, ubicado en el jirón Moquegua 300 en el Cercado de Lima. La agraviada T.M.S.S.C., quien laboraba como ...
Tentativa del delito de promoción y favorecimiento al consumo ilegal de drogas por ausencia de disponibilidad de la sustancia «Casación Nro. 248-2021/Cusco»Sumilla:El delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros es un delito contra la salud pública de peligro abstracto. Siendo así, no requiere que se materialice el objetivo del sujeto activo. Empero, las acciones próximas a la obtención de las drogas tóxicas, los estupefacientes o las sustancias psicotrópicas resultan punibles, en el caso que nos ocupa, por cuanto no llegó a concretarse el acto de comercio de Juan Carlos Quispe Huamán en razón de la intervención que ya se había producido de Miguel Hilario León Fernández, esto es, por una causa ajena a su voluntad y no por el desistimiento del recurrente de lograr su objetivo. Fundamentos destacados:"El delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros es un delito contra la salud pública de peligro abstracto. Siendo así, no requiere que se materialice el objetivo del sujeto activo. Empero, las acciones próximas a la obtención de las drogas tóxicas, los estupefacientes o las sustancias psicotrópicas resultan punibles en el caso que nos ocupa, por cuanto, si bien es cierto que no ...
Parámetros y límites en la determinación judicial de la pena por tentativa: Análisis jurisprudencial de la reducción prudencial «Casación Nro. 134-2019/Puno»Sumilla:La tentativa, como causal de disminución de punibilidad, siempre va tener el efecto de permitir la reducción prudencial de la pena por debajo del mínimo legal. El quantum de esa reducción lo decide discrecionalmente el órgano jurisdiccional observando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad adecuada al caso concreto. Fundamentos destacados:Este Tribunal Supremo considera que ese límite lo establece el propio juzgador en función al hecho imputado —forma y modo de su realización— y a la naturaleza jurídica del delito y bien jurídico puesto en peligro. En efecto, el quantum de esa reducción lo decide discrecionalmente el órgano jurisdiccional observando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad adecuada al caso concreto. En esos criterios se materializa lo "prudencial". Hechos del caso:El 31 de octubre de 2017, a las 19:50 horas, cuando el agraviado Joe Ronald Montenegro Sánchez se encontraba junto con su enamorada, la agraviada Sujey Eveling Paricahua Cutipa, dirigiéndose al domicilio de ella por la avenida 3 de octubre con el jr. Aeropuerto-Juliaca, caminando por la riel de tren por la salida Cuzco, en sentido contrario venía caminando el encausado Yon ...
Principio de proporcionalidad en la imposición de penas y reducción por tentativa «Recurso de Nulidad Nro. 2293-2014/Lima» Sumilla: El principio de proporcionalidad previsto en el artículo octavo del Título Preliminar del Código Penal, señala que la pena no puede sobrepasar la responsabilidad por el hecho, principio rector que debe tenerse en cuenta al momento de imponer la sanción punitiva. Fundamentos destacados: De otro lado, el principio de proporcionalidad previsto en el artículo octavo, del Título Preliminar del Código Penal, señala que la pena no puede sobrepasar la responsabilidad por el hecho, principio rector que debe tenerse en cuenta al momento de imponer la sanción punitiva, más aún si se trata de un delito cometido en grado de tentativa como en el presente caso -homicidio simple en grado de tentativa-, en tal sentido, es procedente disminuir la pena impuesta. Hechos del caso: El 21 de agosto de 2012, aproximadamente a las 07:00 horas, D.R.P. (agraviado) se encontraba libando licor en compañía de J.M.H.T. y el encausado C.A.C.L., por inmediaciones de la avenida Revolución, en el distrito de San Juan de Miraflores. D.R.P. y J.M.H.T. apreciaron que C.A.C.L. portaba un arma de fuego, la cual sacó en diversas oportunidades. En dichas circunstancias, ...
Adecuación de pena improcedente por inexistencia de ley penal más favorable «Recurso de Nulidad Nro. 212-2020/Ica» Sumilla: No haber nulidad en la resolución que declaró infundada la solicitud de adecuación de pena fue legalmente emitida porque con posterioridad a su condena no se legisló pena más favorable. Por esto, no se advierten los artículos 6 –principio de combinación– y 7 –retroactividad benigna– del Código Penal. Fundamentos destacados: No se advierte que la Ley número 30076 resultó ser más favorable que la Ley número 27472 –ley vigente por la que fue condenado el recurrente Martínez Quiroz–, pues en ambas leyes se contempla la cadena perpetua. En consecuencia, el artículo 7 del Código Penal –retroactividad benigna– propuesto por el recurrente Martínez Quiroz se desestima, pues la Ley número 30076 no dejó de punir lo ya contemplado en la Ley número 27472. De igual manera, se desestima el segundo párrafo del artículo 6 del Código Penal –principio de combinación– planteado por el impugnante, puesto que durante la ejecución de los treinta y cinco años de pena privativa de libertad que se le impusieron no se dictó ley que lo favorezca. Hechos del caso: El 21 de marzo de 2007 a las 13:00 horas, ...
Desvinculación del tipo penal en violación sexual de menor «Recurso de Nulidad Nro. 1178-2018/Lima» Sumilla: a) No se generó certeza respecto a que el encausado solo pretendiera efectuar tocamientos indebidos en las partes íntimas de la menor agraviada; por el contrario, se aprecia que intentó penetrarla por vía anal, lo que ocasionó que ella llorara. b) Para la configuración del delito de violación sexual solo se requiere el contacto periférico con penetración en el exterior o zona vestibular vaginal, no hace falta la penetración total; es suficiente que, de uno u otro modo, se tenga acceso a los órganos sexuales de la mujer, sin que incluso se exija la rotura del himen. Del mismo modo, es suficiente haber introducido parte del miembro viril en el ano de la menor. Fundamentos destacados: De lo descrito en el párrafo precedente, se aprecia que el inculpado tenía la intención de acceder carnalmente a la menor, extremo que incluso el propio imputado reconoció. El despojarla de la ropa, y el mismo despojarse de su ropa, sobarse contactando con el miembro viril en la zona íntima de la menor, al punto de hacerle doler, echarse encima y realizar movimientos, son actos que van más allá ...
Duda razonable en la valoración probatoria del robo agravado en grado de tentativa: absolución confirmada por la Corte Suprema «Apelación Nro. 313-2023/Cusco» Sumilla: En el caso, pese a existir medios de prueba que acreditarían la configuración del delito, estos no son suficientes para generar convicción en el juzgador, más allá de toda duda razonable, por lo que es de aplicación el numeral 11 del artículo 139 de la Constitución Política —in dubio pro reo—; corresponde declararse fundados los recursos de apelación interpuestos, al no haberse enervado el principio de presunción de inocencia que asiste a los recurrentes; en consecuencia, se debe revocar la sentencia de vista y, reformándola, confirmar la sentencia emitida en primera instancia. Fundamentos destacados: La duda razonable constituye uno de los pilares sobre los cuales descansa el proceso penal en un Estado constitucional de derecho y, aun cuando dicho principio no se basa directamente en el artículo 139, inciso 11, de la Constitución Política del Estado, pues este únicamente consagra al instituto de la duda, desde un punto de vista de preferencia normativa –esto es, en caso de existir duda en la aplicación de una ley penal o en el supuesto de conflicto, debe preferirse la más ...
Nulidad de sentencia condenatoria por indebida apreciación de pruebas y motivación «Recurso de Nulidad Nro. 123-2024/Lima» Sumilla Se evidencia la concurrencia de un vicio insubsanable en el desarrollo del proceso. El titular de la acción penal y el órgano jurisdiccional realizaron un menoscabo en el razonamiento respecto a los hechos atribuidos al acusado Jhordans Vásquez Guillén, situación que lesiona el debido proceso y la tutela jurisdiccional. De aquí que corresponde declarar la nulidad de la sentencia recurrida, al haberse incurrido en la causal invalidatoria prevista en el inciso primero del artículo 298 del Código de Procedimientos Penales, a efectos de que la Sala superior devuelva los actuados al Ministerio Público para la calificación adecuada de los hechos y el posterior desarrollo de un nuevo juicio oral a cargo de otro Colegiado. Fundamentos destacados Se evidencia la concurrencia de vicios insubsanables en el desarrollo del proceso. El titular de la acción penal y el órgano jurisdiccional realizaron un menoscabado razonamiento respecto a los hechos atribuidos al acusado Jhordans Vásquez Guillén, situación que lesiona el debido proceso y la tutela jurisdiccional. De aquí que corresponde declarar la nulidad de la sentencia recurrida, al haberse incurrido en la causal invalidatoria prevista en el ...
DOCTRINA:
MODIFICATORIAS: