ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL

Reducción de pena por tentativa y responsabilidad restringida en robo agravado «Recurso Casación Nro. 906-2022/Ica»

By

17 de marzo de 2025
Copiar
PDF
Escuchar
Pausar
Detener

Reducción de pena por tentativa y responsabilidad restringida en robo agravado «Recurso Casación Nro. 906-2022/Ica»

Sumilla

  1. El contenido de la declaración es clara y precisa, así como da cuenta del intento de robo del morral del agraviado –éste contenía una cámara, un celular, pasaporte y tarjetas varias–. No es que se excluyó el nombramiento de un traductor pese a la necesidad de su intervención, sino que la situación era de urgencia: el agraviado era un turista de paso por Ica y, por tanto, próximo a regresar a Canadá, y se carecía de un traductor juramentado. La traducción, por razones de urgencia (riesgo de pérdida de la información del agraviado) se efectuó a través de un dispositivo electrónico y no consta que ese medio tecnológico era impropio para el fin de consignar la declaración sobre los hechos de la víctima. Lo que se consignó en el acta de declaración no fue objetada por la defensa del imputado. Además, lo que se declaró es concordante y convergente con el resto del material probatorio disponible y, específicamente, del testigo presencial Ángel de Jesús Velásquez, que observó el forcejeo entre imputado y agraviado y que este último le dijo que el primero intentaba robarle; sindicación que, asimismo, consta en el acta de intervención policial, confirmada por la testimonial plenarial del policía interviniente suboficial de tercera PNP Álvarez Medina. 2. Como quiera que se cometió el delito de robo con agravantes: artículo 189, primer parágrafo, numerales 2, 3 y 4, del CP; que el delito quedó en grado de tentativa; que es de aplicación el artículo 22 del CP por responsabilidad restringida y, por tanto, la pena debe ser disminuida proporcionalmente; que el imputado carece de antecedentes; y que este Tribunal Supremo emitió el Acuerdo Plenario 01-2023/CIJ-112, es de rigor concretar la pena conforme al mismo. 3. Cuando se trata de delitos con agravantes específicas, que es el caso del delito de robo, se ha de seguir el esquema operativo escalonado, no el de tercios [párrafo 25°]. Además, cuando concurren dos causales de disminución de punibilidad y tres circunstancias agravantes específicas, estando ante supuestos complejos es del caso entender que se presenta un caso de eficacia acumulativa. En estos supuestos rige lo estipulado en los párrafos 37° y 32° del citado Acuerdo Plenario.

Fundamentos destacados

El Tribunal Supremo ha señalado que no es que se excluyó el nombramiento de un traductor pese a la necesidad de su intervención, sino que la situación era de urgencia: el agraviado era un turista de paso por Ica y, por tanto, próximo a regresar a Canadá, y se carecía de un traductor juramentado. La traducción, por razones de urgencia (riesgo de pérdida de la información del agraviado) se efectuó a través de un dispositivo electrónico y no consta que ese medio tecnológico era impropio para el fin de consignar la declaración sobre los hechos de la víctima. Lo que se consignó en el acta de declaración no fue objetada por la defensa del imputado.

Hechos del caso

El 19 de octubre de 2019, aproximadamente a las 16:50 horas, C. A. F. S., de 18 años y tres meses de edad, quien circulaba como pasajero de una moto lineal naranja conducida por otra persona no identificada, al encontrarse por las dunas adyacentes a la laguna de «La Victoria», del centro recreacional para turistas «Aventura Extrema Ica», ubicado en el centro poblado de «La Victoria» de Ica, advirtió la presencia del agraviado King Okrah Leslie, ciudadano canadiense de 26 años de edad.

F. S. se acercó a la víctima con la supuesta finalidad de brindarle ayuda ya que se había malogrado la cuatrimoto que estaba conduciendo por el centro recreacional. Sin embargo, el encausado se bajó de la moto y apuntó al agraviado en las costillas con una aparente arma de fuego «Pietro Bereta» y tras amenazarlo trató de sustraerle su morral marca «Coach» con sus pertenencias.

La víctima reaccionó y se produjo un forcejeo entre ambos. El agraviado logró golpear al imputado y lanzarlo al suelo, así como le quitó el arma y trató de quitarle las balas, momento en que advirtió que era falsa porque se rompió. En ese momento llegaron al lugar otras personas, entre ellos, el encargado de brindar el servicio, Ángel de J. V., quienes también golpearon al encausado F. S. y finalmente lo redujeron. Posteriormente llegaron efectivos policiales, se entrevistaron con el agraviado y condujeron al imputado a la comisaría. El desconocido que conducía la motocicleta utilizada para el robo, ante el fracaso de la sustracción y la captura del imputado F. S. se dio a la fuga.

Itinerario procesal

a) Lo desarrollado por el Juzgado:
Llevada a cabo la audiencia de juicio inmediato y dictado el auto de enjuiciamiento de 14 de noviembre de 2019, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur de la Corte de Ica expidió sentencia de primera instancia el 21 de noviembre de 2019, condenando a C. A. F. S. como coautor del delito de robo con agravantes tentado en agravio de Leslie King Okrah a 8 años de pena privativa de libertad y 300 soles por concepto de responsabilidad civil.

El Juzgado consideró que los hechos quedaron acreditados con el acta de intervención policial, la declaración del agraviado, la declaración del testigo J. Á. M. (efectivo policial), la declaración de Ángel de J. V., el informe pericial de balística, el examen médico legal del acusado, la inspección técnico policial y el paneaux fotográfico del lugar.

b) Lo desarrollado por la Sala Superior:
El encausado F. S. interpuso recurso de apelación solicitando absolución o nulidad de la sentencia condenatoria, alegando que no se motivó respecto a la responsabilidad restringida, que hubo deficiencias en el análisis probatorio y cuestionando la declaración del agraviado por falta de traductor oficial.

La Sala Superior de Emergencia de Ica, mediante sentencia de vista de 14 de febrero de 2020, confirmó por mayoría la sentencia de primera instancia. Estimó que la sentencia consideró la tentativa para la reducción de pena, que la declaración del agraviado contó con garantías suficientes mediante un aplicativo de traducción y con presencia del fiscal y defensor, y que no correspondía aplicar la responsabilidad restringida por tratarse de robo agravado conforme al artículo 22 del Código Penal.

Agravios del recurrente

  1. El encausado F. S. interpuso recurso de casación invocando los motivos de inobservancia de precepto constitucional, infracción de precepto material y apartamiento de doctrina jurisprudencial.
  2. Sostuvo que no se analizó adecuadamente la tentativa y la responsabilidad restringida.
  3. Cuestionó que se valoró la declaración del agraviado sin la intervención de un traductor oficial.
  4. Argumentó que no se tomó en cuenta el Acuerdo Plenario sobre la responsabilidad restringida.

Fundamentos del tribunal supremo

El Tribunal Supremo realizó el análisis de tres aspectos:

  1. Sobre el valor probatorio de la declaración del agraviado:
  • El agraviado declaró sumarialmente con la concurrencia del defensor del imputado, del fiscal y del instructor policial.
  • Ante la urgencia del caso (turista canadiense de paso en Ica), se utilizó un traductor electrónico mediante aplicación del celular del efectivo policial.
  • El defensor del imputado participó en la diligencia y no se opuso a su realización ni cuestionó la traducción.
  • La declaración resultó clara, precisa y concordante con el resto del material probatorio, especialmente con el testimonio de Ángel de J. V. y el acta de intervención policial.
  • La Corte Suprema concluyó que la prueba es fiable y no generó indefensión material al imputado.
  1. Sobre la tipificación del delito:
  • De los hechos quedó acreditado que: a) hubo intervención de dos personas, b) el imputado portaba un objeto similar a un arma de fuego para amenazar, y c) el delito se perpetró en lugar desolado.
  • Se configuró el delito de robo con agravantes conforme al artículo 189, primer parágrafo, numerales 2, 3 y 4, del Código Penal.
  1. Sobre las causas de disminución de punibilidad:
  • El imputado tenía 18 años y 3 meses cuando cometió el delito.
  • El delito quedó en grado de tentativa.
  • Son aplicables, concurrente y sucesivamente, los artículos 16 y 22 del Código Penal.
  • El Tribunal Supremo consideró que se produjo un apartamiento de doctrina jurisprudencial al no aplicar la responsabilidad restringida, conforme al Acuerdo Plenario 4-2016/CIJ-116.
  1. Sobre la determinación de la pena:
  • Aplicando el Acuerdo Plenario 01-2023/CIJ-112, ante un delito con dos causales de disminución de punibilidad y tres circunstancias agravantes específicas, debe seguirse el esquema operativo escalonado.
  • Primero, se aplica la causal de disminución por tentativa, y luego se disminuye un tercio por minoría relativa de edad.
  • La pena concreta no definitiva quedó entre 4 años y 8 meses y 7 años y 4 meses.
  • Considerando la carencia de antecedentes, se fijó la pena definitiva en 6 años y 6 meses.

Conclusión

La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación por inobservancia de precepto constitucional, pero fundado parcialmente por las causales de infracción de precepto material y apartamiento de doctrina jurisprudencial.

En consecuencia, casó la sentencia de vista en cuanto a la pena impuesta y, actuando en sede de instancia, revocó la sentencia de primera instancia en el extremo que impuso al encausado C. A. F. S. la pena de 8 años, reformándola e imponiéndole 6 años y 6 meses de pena privativa de libertad, computándose desde el 19 de octubre de 2019 hasta el 19 de marzo de 2025.

La Corte Suprema consideró que si bien el imputado era menor de 21 años de edad cuando delinquió y carecía de antecedentes, no procedía la suspensión excepcional de la ejecución de la pena por tratarse de un delito que revela inicio de actividad delictiva con clara voluntad criminal que afectó a un turista en un centro recreacional.

Ponente

César San Martín Castro

Nombre del Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la República – Sala Penal Permanente
Año: 2022
Título de la resolución: Robo con agravantes. Declaración del agraviado. Medición de la pena: artículos 16 y 22 del CP
Tipo de resolución: Recurso de Casación
Fecha de la resolución: 08/04/2024
Ciudad: Lima / Ica
Número de la resolución: Recurso Casación N.° 906-2022/Ica
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva adicional: Caso sobre delito de robo con agravantes en grado de tentativa. La Corte Suprema redujo la pena de 8 a 6 años y 6 meses al aplicar correctamente la responsabilidad restringida (por tener el acusado 18 años) y la tentativa. Se validó la declaración del agraviado extranjero mediante traductor electrónico por razones de urgencia y se aplicó el esquema de determinación de pena conforme al Acuerdo Plenario 01-2023.

Loading

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

5 / 5. Votos totales: 1

¡Aún no hay votos! Sé el primero en calificar esta publicación.

Ya que has encontrado útil este contenido...

¡Síguenos en las redes sociales!

¡Siento que este contenido no te haya sido útil!

¡Déjame mejorar este contenido!

Dime, ¿cómo podemos mejorar este contenido?

Top de abogados que más publican en Alejandrius

  • Alejandrius
    1165 Publicaciones