Tentativa del delito de promoción y favorecimiento al consumo ilegal de drogas por ausencia de disponibilidad de la sustancia «Casación Nro. 248-2021/Cusco»
Sumilla:
El delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros es un delito contra la salud pública de peligro abstracto. Siendo así, no requiere que se materialice el objetivo del sujeto activo. Empero, las acciones próximas a la obtención de las drogas tóxicas, los estupefacientes o las sustancias psicotrópicas resultan punibles, en el caso que nos ocupa, por cuanto no llegó a concretarse el acto de comercio de Juan Carlos Quispe Huamán en razón de la intervención que ya se había producido de Miguel Hilario León Fernández, esto es, por una causa ajena a su voluntad y no por el desistimiento del recurrente de lograr su objetivo.
Fundamentos destacados:
«El delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros es un delito contra la salud pública de peligro abstracto. Siendo así, no requiere que se materialice el objetivo del sujeto activo. Empero, las acciones próximas a la obtención de las drogas tóxicas, los estupefacientes o las sustancias psicotrópicas resultan punibles en el caso que nos ocupa, por cuanto, si bien es cierto que no llegó a concretar la obtención en razón de la intervención que ya se había producido de Miguel Hilario León Fernández, también lo es que fue por una causa ajena a su voluntad y no por el desistimiento del recurrente de lograr su objetivo.»
Hechos del caso:
El 31 de enero de 2018, en el hospedaje Sol Naciente ubicado en la Avenida Velasco Astete de Cusco, se intervino a Juan Carlos Quispe Huamán, quien había acudido al lugar para adquirir 400 gramos de marihuana por S/ 400 de Miguel Hilario León Fernández. La intervención se produjo gracias a información proporcionada por el colaborador eficaz 05-2018-FETID-CUSCO, quien alertó que en dicho hospedaje se realizaría un «pase» de droga. Al momento de la intervención, se le encontró al procesado la suma de S/ 400 en efectivo y un celular donde tenía registrado el contacto de León Fernández bajo el apelativo de «ierva». La droga incautada en total fue de 7.360 kg de Cannabis sativa.
Itinerario procesal:
a) El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco condenó a Juan Carlos Quispe Huamán como autor del delito de tráfico ilícito de drogas a 15 años y 6 meses de pena privativa de libertad, 370 días-multa e inhabilitación por 4 años.
b) La Primera Sala Penal de Apelaciones de Cusco confirmó la sentencia en todos sus extremos.
Agravios del recurrente:
- Sostiene que solo se le intervino fuera del lugar de los hechos, sin droga ni información que acredite su dedicación a la comercialización de drogas.
- Alega que la conducta del primer párrafo del artículo 296 del Código Penal queda consumada con actos de fabricación o tráfico, y cuando no se genera el producto final son actos de tentativa.
- Argumenta que no existen pruebas contundentes sino solo aseveraciones subjetivas sin sustento.
Fundamentos del tribunal supremo:
- Existen suficientes indicios que acreditan que el recurrente acudió al hostal para obtener 400 gramos de marihuana, pero fue intervenido antes de tener disponibilidad de la droga.
- El delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas es de peligro abstracto, no requiriendo la materialización del objetivo del agente.
- Las acciones próximas a la obtención de drogas son punibles cuando no se concreta el acto por causa ajena a la voluntad del agente.
- La intervención impidió la consumación del delito por causa ajena al procesado y no por su desistimiento voluntario.
- Corresponde aplicar la tentativa y reducir prudencialmente la pena considerando la relevancia del bien jurídico protegido.
Conclusión:
La Corte Suprema declaró fundado en parte el recurso de casación y revocó la sentencia en el extremo del grado del delito y la pena, reformándola e imponiendo 12 años de pena privativa de libertad por el delito en grado de tentativa.
Ponente:
Carbajal Chávez
Nombre del Tribunal: | Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República |
Año: | 2021 |
Título de la resolución: | Tentativa de delito de promoción y favorecimiento al consumo ilegal de drogas tóxicas |
Tipo de resolución: | Casación |
Fecha de la resolución: | 09/06/2022 |
Ciudad: | Lima |
Número de la resolución: | Casación N° 248-2021 |
Código del juzgado: | Sala Penal Permanente |
Información descriptiva adicional: | Recurso de casación sobre delito de tráfico ilícito de drogas en grado de tentativa. Se redujo la pena de 15 años y 6 meses a 12 años de privación de libertad considerando que el delito quedó en grado de tentativa por causa ajena a la voluntad del agente. |