Alcances del tipo penal contra los bosques y formaciones boscosas: Definiciones, interpretación y error «Casación Nro. 642-2021/Huánuco»
Sumilla:
- Este delito, propiamente de daño forestal, es uno de lesión (resultado de lesión) de un objeto ambiental específico: bosques u otras formaciones boscosas. Su definición más precisa, desde luego, se encuentra en la legislación extra penal. La condición para la sanción penal es que para dañar, talar o quemar, en todo o en parte, tales bosques o formaciones boscosas es que el agente no cuente con permiso, licencia, autorización o concesión otorgada por la autoridad competente.
Fundamentos destacados:
Lo relevante, a los efectos penales, estriba en que se afecte especies maderables por medio de tala o quema en un ámbito concreto de un bosque secundario, sin interesar las dimensiones de área comprometida –el tipo o clase de bosque no es significativo para la ley penal, basta que sea un bosque o una formación boscosa–; que las especies maderables estén o no en peligro de extinción no es relevante para el tipo delictivo en cuestión; y que el área afectada, como es un bosque secundario, no interesa que se trate de una tierra de dominio privado.
Hechos del caso:
El 29 de septiembre de 2016, Walter Natividad Tineo denunció que Jaime Alfredo Picón Soto, desde mediados de septiembre de 2016, sin contar con autorización de la autoridad competente, realizaba actividades de tala y quema de árboles naturales en la zona ubicada al borde del río, sector Zapatococha, del Centro Poblado de Tinyahuayín, distrito de Chinchao, provincia y departamento de Huánuco. El denunciante indicó que el terreno era propiedad del padre del acusado, Martín Picón Arce, y que el imputado taló con machete los árboles medianos o chicos, mientras que para los árboles grandes utilizó motosierra, quemando media hectárea de árboles.
Itinerario procesal:
a) El Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Huánuco absolvió a Jaime Alfredo Picón Soto de la acusación fiscal por delito contra los bosques o formaciones boscosas en agravio del Estado.
b) La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huánuco confirmó la sentencia absolutoria.
Agravios del recurrente:
- El Fiscal Superior interpuso recurso de casación por infracción de precepto material y violación de la garantía de motivación (artículo 429, incisos 3 y 4, del Código Procesal Penal).
- Señaló que es necesario unificar interpretaciones contradictorias y definir el alcance del tipo penal, especialmente del concepto «formaciones boscosas».
Fundamentos del tribunal supremo:
- El artículo 310 del Código Penal sanciona al que, sin contar con permiso, licencia, autorización o concesión otorgada por autoridad competente, destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques u otras formaciones boscosas.
- La Ley Forestal de Flora y Fauna Silvestre y su Reglamento definen al bosque secundario como un bosque de carácter sucesional, surgido como proceso de recuperación natural de áreas donde el bosque primario fue retirado.
- La actividad pericial estableció que:
- Se afectó un área de 0.28 hectáreas de bosque secundario
- Se degradó el suelo y disminuyó el potencial biológico
- Se dañaron especies como Moena, Ocotea SP, Aliso, Alnus SP y una especie nueva no estudiada
- El tribunal determinó que:
- No es relevante la dimensión del área afectada ni si las especies están en peligro de extinción
- El daño ambiental es patente con la tala y quema de árboles
- No puede considerarse una afectación bagatelaria
- El Proyecto de Reforestación no autorizaba la tala o quema de especies
Conclusión:
El Tribunal Supremo declaró fundado el recurso de casación, anuló las sentencias absolutorias y ordenó nuevo juicio oral, al considerar que se interpretó incorrectamente el tipo penal y no se justificó adecuadamente el error invocado como fundamento de la absolución.
Ponente:
San Martín Castro
Nombre del Tribunal: | Corte Suprema de Justicia – Sala Penal Permanente |
Año: | 2021 |
Título de la resolución: | Delito contra los bosques. Error. Argumentación del fallo |
Tipo de resolución: | Recurso de Casación |
Fecha de la resolución: | 21/03/2022 |
Ciudad: | Lima |
Número de la resolución: | Casación N° 642-2021/Huánuco |
Código del juzgado: | Sala Penal Permanente |
Información descriptiva: | Casación que desarrolla los alcances del delito contra los bosques y formaciones boscosas, anulando sentencias absolutorias por incorrecta interpretación del tipo penal y falta de justificación del error invocado. |