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Parámetros y límites en la determinación judicial de la pena por tentativa: Análisis jurisprudencial de la reducción prudencial «Casación Nro. 134-2019/Puno»

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16 de febrero de 2025
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Parámetros y límites en la determinación judicial de la pena por tentativa: Análisis jurisprudencial de la reducción prudencial «Casación Nro. 134-2019/Puno»

Sumilla:

La tentativa, como causal de disminución de punibilidad, siempre va tener el efecto de permitir la reducción prudencial de la pena por debajo del mínimo legal. El quantum de esa reducción lo decide discrecionalmente el órgano jurisdiccional observando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad adecuada al caso concreto.

Fundamentos destacados:

Este Tribunal Supremo considera que ese límite lo establece el propio juzgador en función al hecho imputado —forma y modo de su realización— y a la naturaleza jurídica del delito y bien jurídico puesto en peligro. En efecto, el quantum de esa reducción lo decide discrecionalmente el órgano jurisdiccional observando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad adecuada al caso concreto. En esos criterios se materializa lo «prudencial».

Hechos del caso:

El 31 de octubre de 2017, a las 19:50 horas, cuando el agraviado Joe Ronald Montenegro Sánchez se encontraba junto con su enamorada, la agraviada Sujey Eveling Paricahua Cutipa, dirigiéndose al domicilio de ella por la avenida 3 de octubre con el jr. Aeropuerto-Juliaca, caminando por la riel de tren por la salida Cuzco, en sentido contrario venía caminando el encausado Yon Brem Apaza Quispe, quien pasó por el lado de ellos, chocando su hombro con el del agraviado. El imputado le reclamó «por qué me chocas» y se acercó rápidamente con un arma blanca (cuchillo), intentando arrebatar el equipo celular que el agraviado tenía en su poder, de propiedad de la agraviada. Se produjo un forcejeo entre ambos, resultando el agraviado apuñalado en diferentes partes del cuerpo. El imputado logró sustraer el equipo celular pero al intentar huir fue interceptado por transeúntes y vecinos del lugar, quienes también fueron agredidos con el arma blanca. Finalmente fue puesto a disposición de las autoridades. El celular fue recuperado cuando el procesado lo arrojó durante su intento de fuga. El agraviado fue trasladado a la Clínica Americana para su atención.

Itinerario procesal:

a) El juzgado penal colegiado supraprovincial de San Román-Juliaca emitió sentencia el 5 de julio de 2018, condenando a Yon Brem Apaza Quispe como autor del delito de robo con agravantes en grado de tentativa, imponiéndole 33 años de pena privativa de libertad.

b) La Sala Superior, con fecha 7 de noviembre de 2018, confirmó la condena pero revocó la pena impuesta, reformándola a 8 años de pena privativa de libertad.

Agravios del recurrente:

  1. La Sala Superior sin suficiente fundamentación rebaja la pena, aludiendo los principios de función preventiva, culpabilidad, humanidad y proporcionalidad, afirmando que la pena de 33 años resulta excesiva y desproporcionada.
  2. Por tentativa, el juez puede rebajar prudencialmente la pena considerando la naturaleza del delito y bien jurídico afectado. La Sala no tuvo en cuenta ello y se limitó a desarrollar dogmáticamente los principios, rebajando 25 años sin un razonamiento lógico-jurídico.

Fundamentos del tribunal supremo:

  • La determinación judicial de la pena es una institución referida a las consecuencias jurídicas que se imponen al responsable por la comisión de un delito.
  • Las causales de disminución de punibilidad no son circunstancias atenuantes, sino que se construyen dentro del delito como parte de su estructura, grado de realización o niveles de intervención.
  • La tentativa tiene el efecto de permitir la reducción prudencial de la pena por debajo del mínimo legal, pero el quantum lo decide discrecionalmente el órgano jurisdiccional observando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
  • En el caso concreto, la Sala realizó una errónea interpretación al reducir excesivamente la pena sin considerar la gravedad de los hechos, pues el agraviado recibió varios cortes que pusieron en riesgo su vida.
  • La pena de 20 años es proporcional considerando que para el robo agravado consumado con lesiones leves se prevé una pena mínima de 20 años.

Conclusión:

La Corte Suprema declaró fundado el recurso de casación por errónea interpretación del artículo 16 del Código Penal, casando la sentencia de vista y reformando la pena a 20 años de privación de libertad, al considerar que hubo una excesiva reducción por tentativa sin observar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, dado que se pusieron en riesgo bienes jurídicos fundamentales.

Ponente:

Guerrero López

Nombre del Tribunal: Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Año: 2019
Título de la resolución: La tentativa: parámetros y límites de reducción de la pena en el caso concreto
Tipo de resolución: Casación
Fecha de la resolución: 18/11/2021
Ciudad: Lima
Número de la resolución: Casación N.° 134-2019
Código del juzgado: Sala Penal Transitoria
Información descriptiva: Determina los criterios para la reducción prudencial de la pena en casos de tentativa de robo agravado con lesiones graves

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