Prueba nueva y absolución por delito de incumplimiento de obligación alimentaria por ausencia de vínculo parental «Revisión de Sentencia Nro. 580-2019/Junín»
Sumilla:
La obligación alimentaria no está determinada exclusivamente por la relación de parentesco, es decir, porque se trate de cónyuges, ascendientes, descendientes o hermanos, de acuerdo con el artículo 474 del Código Civil. El aludido vínculo no integra la tipicidad objetiva del delito de incumplimiento de obligación alimenticia. Lo que da lugar a establecer que, incluso, si no se demuestra la consanguinidad entre uno y otro, de todos modos, puede configurarse el ilícito, si la carga de alimentos deviene de lo preceptuado por las instituciones del ordenamiento civil.
Fundamentos destacados:
«Las instrumentales aportadas son las resoluciones judiciales del proceso civil que, sobre la base de prueba científica, establecieron que JESÚS ÁNGELES CÁRDENAS no es el padre biológico de los agraviados Renzo Leonardo Ángeles Quispe y Maylin Melissa Ángeles Quispe, por lo que poseen aptitud, eficacia y virtualidad para rescindir la decisión condenatoria respectiva.
A la vez, no fluye prueba en contrario para sostener, razonablemente, que si bien no hubo relación parental, sí existía obligación de proveer alimentos.
Por lo demás, no consta que estuviesen vinculados jurídicamente por otros motivos, como la adopción, la tutela o la promesa unilateral, según los artículos 377, 502 y 1956 del Código Civil.»
Hechos del caso:
Teresa Quispe Tito, en representación de sus hijos Renzo Leonardo Ángeles Quispe y Maylin Melissa Ángeles Quispe, inició un proceso sobre ejecución de acta de conciliación contra Jesús Ángeles Cárdenas ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Chilca. A través de los autos del 17 de noviembre de 2017 y 13 de julio de 2018, se dispuso que el demandado pagara la suma de S/ 26,550 por el periodo comprendido entre julio de 2012 y junio de 2017. Mediante auto del 20 de noviembre de 2018, se requirió al demandado el pago respectivo, cursándose la notificación electrónica número 6177. Al no efectuar el pago, se remitieron copias al Ministerio Público para la denuncia correspondiente.
Itinerario procesal:
Lo desarrollado por el Juzgado:
El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo condenó a Jesús Ángeles Cárdenas como autor del delito contra la familia-incumplimiento de obligación alimentaria, imponiéndole diez meses y ocho días de pena privativa de libertad suspendida por el plazo de un año, y fijando una reparación civil de S/ 900 a favor de los agraviados.
Lo desarrollado por la Sala Superior:
No hubo pronunciamiento de la Sala Superior ya que la sentencia de primera instancia quedó consentida al expresar las partes su conformidad.
Agravios del recurrente:
- El demandante sustenta su pretensión argumentando que, a pesar de haber expresado su conformidad con los cargos imputados por el Ministerio Público y la pena propuesta, el Juzgado le impuso una condena bajo un contexto en el que desconocía si era o no el padre de los menores.
- La situación fue resuelta posteriormente en un proceso de impugnación de paternidad, donde se practicó un examen biológico de ADN realizado por el laboratorio Biolinks que concluyó que los alelos correspondientes a los menores no coinciden con los suyos.
Fundamentos del tribunal supremo:
El tribunal desarrolla extensamente su razonamiento señalando que el artículo 439, numeral 4, del Código Procesal Penal establece como causal de revisión el descubrimiento posterior de hechos o medios de prueba que puedan establecer la inocencia del condenado. Se analiza que la prueba de ADN aportada constituye nueva evidencia científica que demuestra la ausencia de vínculo biológico entre el condenado y los menores.
Se precisa que si bien la obligación alimentaria no está determinada exclusivamente por la relación de parentesco, en este caso no existe ningún otro vínculo jurídico (como adopción, tutela o promesa unilateral) que pudiera fundamentar dicha obligación. Por lo tanto, al no satisfacerse la tipicidad objetiva del delito, corresponde absolver al condenado.
Conclusión:
El Tribunal Supremo declaró fundada la demanda de revisión, dejó sin efecto la sentencia condenatoria y absolvió a Jesús Ángeles Cárdenas del delito de incumplimiento de obligación alimentaria, ordenando la devolución de la reparación civil y la anulación de antecedentes.
Ponente:
COAGUILA CHÁVEZ
Nombre del Tribunal: | Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República |
Año: | 2019 |
Título de la resolución: | Revisión de sentencia fundada, nueva prueba y absolución por delito de incumplimiento de obligación alimentaria |
Tipo de resolución: | Revisión de Sentencia |
Fecha de la resolución: | 05/07/2022 |
Ciudad: | Lima |
Número de la resolución: | Rev. de Sent. N.° 580-2019 |
Código del juzgado: | Sala Penal Permanente |
Información descriptiva: | Caso sobre revisión de sentencia condenatoria por delito de omisión de asistencia familiar donde se declara fundada la demanda de revisión y se absuelve al condenado tras demostrarse mediante prueba de ADN que no es el padre biológico de los agraviados. |