Normativa jurisprudencial vinculante sobre alcances típicos del delito de feminicidio y protección procesal de víctimas de violencia «Acuerdo Plenario Nro. 001-2016/CJ-116»
Sumilla:
El X Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y Transitorias aborda los alcances típicos del delito de feminicidio, estableciendo criterios sobre la violencia de género, sujetos del delito, bien jurídico protegido y contextos de su comisión. Asimismo, determina medidas para la valoración probatoria y protección procesal de víctimas de violencia contra la mujer.
Fundamentos destacados:
«La violencia contra la mujer constituye la expresión de toda violencia que se ejerce por el hombre contra esta por su condición de tal, y tiene su génesis en la discriminación intemporal, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres […] desde esta perspectiva la violencia contra las mujeres no se reduce al ámbito familiar (como parte de la relación de subordinación), sino a una estructura social caracterizada por la discriminación, desigualdad y relaciones de poder entre el hombre y la mujer» (Fundamentos 1-2).
Hechos del caso:
Las Salas Penales Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia, mediante Resolución Administrativa N° 179-2016-P-PJ del 22 de junio de 2016, convocaron al X Pleno Jurisdiccional con el objetivo de concordar jurisprudencia penal sobre tres temas fundamentales: restricciones legales en materia de confesión sincera, participación del extraneus en delitos especiales y delitos de violencia contra la mujer y grupo familiar.
Itinerario procesal:
Ponente:
s y deliberación del Pleno.
Agravios del recurrente:
Al tratarse de un acuerdo plenario no existen agravios de recurrente, sino temas jurídicos identificados que requieren unificación de criterios:
- Necesidad de establecer alcances del tipo penal de feminicidio
- Determinar criterios para valoración probatoria en casos de violencia contra la mujer
- Establecer medidas de protección procesal para víctimas
Fundamentos del tribunal supremo:
- Sobre la violencia de género:
- Constituye manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales
- La violencia contra la mujer trasciende el ámbito familiar
- Se sustenta en discriminación estructural contra la mujer
- Sobre el delito de feminicidio:
- Es un delito especial que solo puede ser cometido por un hombre
- El bien jurídico protegido es la vida humana de la mujer
- Se configura en contextos de violencia familiar, coacción, hostigamiento o discriminación
- Sobre aspectos procesales:
- La declaración de la víctima debe valorarse bajo reglas especiales
- Se prohíbe la confrontación entre víctima y agresor
- Los certificados médicos de instituciones públicas tienen valor probatorio
Conclusión:
El Acuerdo Plenario establece criterios vinculantes sobre el delito de feminicidio y la protección procesal de víctimas de violencia contra la mujer, orientando la actuación judicial hacia un enfoque de género y derechos humanos. Los jueces deben aplicar estos criterios al resolver casos concretos, garantizando el acceso a la justicia y la protección integral de las víctimas.
Jurisprudencia vinculante:
Establecidos en los fundamentos 32 a 75 que regulan aspectos sustantivos y procesales del delito de feminicidio.
Ponente:
BARRIOS ALVARADO
Nombre del Tribunal: | Corte Suprema de Justicia de la República – X Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y Transitorias |
Año: | 2016 |
Título de la resolución: | Alcances típicos del delito de feminicidio |
Tipo de resolución: | Acuerdo Plenario |
Fecha de la resolución: | 12/06/2017 |
Ciudad: | Lima |
Número de la resolución: | Acuerdo Plenario N° 001-2016/CJ-116 |
Código del juzgado: | X Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales |
Información descriptiva adicional: | Establece criterios vinculantes sobre el delito de feminicidio y la protección procesal de víctimas de violencia contra la mujer. Define aspectos sustantivos como los contextos de comisión del delito y aspectos procesales como la valoración de la declaración de la víctima. |