ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL

Especial dificultad en el contexto de la pandemia por la COVID-19 «Casación Nro. 1509-2021/Huancavelica»

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14 de abril de 2025
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Especial dificultad en el contexto de la pandemia por la COVID-19 «Casación Nro. 1509-2021/Huancavelica»

Sumilla:

Al efectuarse un control sobre la fundabilidad de la prolongación de la prisión preventiva sustentada en la circunstancia de especial dificultad debido a la pandemia por la COVID-19, no se debe considerar únicamente si existió una suspensión de plazos procesales dictada por el Poder Judicial, sino que conforme a cada caso es necesario verificar cómo interactúan las medidas y los protocolos sanitarios dispuestos por el Poder Ejecutivo y la complejidad y particularidad del caso en concreto.

Fundamentos destacados:

Es decir, al efectuarse un control sobre la fundabilidad de la prolongación de la prisión preventiva, sustentada en la circunstancia de especial dificultad debido a la pandemia por la COVID-19, no se debe considerar únicamente si existió una suspensión de plazos procesales dictada por el Poder Judicial, sino que conforme a cada caso es necesario verificar cómo en estas circunstancias extraordinarias y notorias interactúan las medidas y los protocolos sanitarios dispuestos por el Poder Ejecutivo y la complejidad y particularidad del caso en concreto.

Hechos del caso:

El dos de octubre de dos mil veinte, J.A.S.P., en su condición de director de la escuela Superior Técnico Policial de Huancavelica y miembro del Comité del Proceso de Evaluación del Examen, solicitó a la suboficial Karina S.A. e indirectamente a otros suboficiales un beneficio económico de S/1000 (mil soles) a cambio de entregarles el contenido del examen de titulación profesional para la obtención del título profesional técnico en ciencias administrativas y policiales de sub oficiales PNP Huancavelica, que previamente había elaborado para la especialidad de orden público y seguridad, en la evaluación a llevarse a cabo el día tres de octubre de dos mil veinte.

Itinerario procesal:

El representante del Ministerio Público requirió la prolongación de prisión preventiva por nueve meses adicionales en contra del procesado J.A.S.P.

El Juzgado de Investigación Preparatoria sede NCPP de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica emitió el auto del cinco de mayo de dos mil veintiuno y declaró fundada la solicitud de la representante del Ministerio Público y ordenó la prolongación de la prisión preventiva por el plazo de nueve meses.

Contra esta resolución la defensa técnica del procesado interpuso recurso de apelación.

Luego la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, mediante la resolución de vista del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno, revocó el auto de primera instancia y, reformándolo, declaró infundado el requerimiento de prolongación de prisión preventiva, dictó la medida de comparecencia con restricciones y dispuso la inmediata libertad del procesado.

En contraposición a dicha resolución, el representante del Ministerio Público interpuso recurso de casación.

Posteriormente, la Sala Superior emitió la resolución del dieciséis de junio de dos mil veintiuno, que concedió el recurso interpuesto y lo elevó a la Corte Suprema.

Agravios del recurrente:

  1. El representante del Ministerio Público invocó como causal de interposición el numeral 5 del artículo 429 del Código Procesal Penal, referente al apartamiento de la doctrina jurisprudencial.
  2. Señaló que el Tribunal Superior inobservó el Acuerdo Plenario Extraordinario número 1-2017/CIJ-116, referido a los alcances del artículo 274.2 del Código Procesal Penal, sobre la adecuación del plazo de prolongación de la prisión preventiva, pues centró su análisis en la celeridad de los operadores de justicia —Ministerio Público y Poder Judicial—.
  3. Argumentó que se debió considerar que existen circunstancias de especial dificultad, como la pluralidad de procesados, las pericias especializadas y el levantamiento de secreto bancario, todo ello en el contexto de la pandemia por COVID-19, que genera mayor dificultad y retraso.
  4. Solicitó el desarrollo de la doctrina jurisprudencial vinculado a una debida interpretación de los criterios de especial dificultad, tomando en cuenta la emergencia sanitaria para la adecuación del plazo de la prolongación de la prisión preventiva.

Fundamentos del tribunal supremo:

El Tribunal Supremo establece que el caso fue admitido a casación para que se establezcan los alcances interpretativos en relación con la situación de emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19 como una circunstancia de especial dificultad que permita prolongar el plazo de prisión preventiva, según el artículo 274, numeral 1, del Código Procesal Penal, en relación con el Acuerdo Plenario Extraordinario número 1-2017/CIJ-116.

La Sala Suprema analiza que la prisión preventiva es una medida de coerción personal que obedece a la necesidad de garantizar la presencia y sujeción del imputado al proceso. Por su gravosidad, debe cumplir estrictamente con los presupuestos normativos: fundados y graves elementos de convicción, gravedad del delito y peligrosismo procesal.

Sostiene que para la prolongación de prisión preventiva se requiere la concurrencia de «circunstancias que importen una especial dificultad o prolongación de la investigación o del proceso», la subsistencia del peligro procesal, y el respeto al plazo límite de prolongación.

El Tribunal Supremo observa que el análisis del Tribunal Superior se limitó a indicar que las circunstancias de especial dificultad estaban vinculadas solo a la suspensión de plazos procesales por parte del Poder Judicial, sin considerar que el contexto de la pandemia por la COVID-19 ha traído consigo una serie de dificultades que constituyen obstáculos a la prosecución regular de la investigación.

Entre estas dificultades señala: la limitación en el transporte, la disponibilidad de los peritos, el trabajo remoto, la infección masiva por el virus (que afecta tanto a operadores de justicia como a partes del proceso), las fallas de conectividad, y la dificultad en la accesibilidad a los órganos de justicia.

La Corte Suprema establece la doctrina jurisprudencial indicando que, al efectuarse un control sobre la fundabilidad de la prolongación de la prisión preventiva sustentada en la circunstancia de especial dificultad debido a la pandemia por la COVID-19, no debe considerarse únicamente si existió una suspensión de plazos procesales dictada por el Poder Judicial, sino verificar cómo interactúan las medidas y protocolos sanitarios con la complejidad del caso concreto.

En este caso específico, confirma que existía especial dificultad debido a la necesidad de recabar varias declaraciones, realizar pericias digitales en los celulares de los procesados, solicitar levantamiento de secretos de comunicaciones y requerir información de instituciones policiales en Lima.

Sin embargo, el Tribunal Supremo declara infundado el recurso de casación debido a que posteriormente se verificó que el procesado viene cumpliendo con las medidas de comparecencia impuestas y el proceso ya avanzó a la etapa de control de acusación, por lo que sería inoficioso revocar la resolución impugnada.

Conclusión:

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema establece la doctrina jurisprudencial sobre la prolongación de la prisión preventiva en el contexto de la pandemia por COVID-19, indicando que debe evaluarse la interacción entre las medidas sanitarias y la complejidad específica del caso concreto, no limitándose a verificar si existió una suspensión formal de plazos procesales.

No obstante, declara infundado el recurso de casación por razones de oportunidad procesal, al verificar que el proceso ya ha avanzado a la etapa de control de acusación y que el imputado viene cumpliendo las restricciones impuestas bajo la medida de comparecencia, tornando inoficiosa la revocación de la resolución impugnada.

Ponente:

CARBAJAL CHÁVEZ.

Nombre del Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la República – Sala Penal Permanente
Año: 2021
Título de la resolución: Especial dificultad en el contexto de la pandemia por la COVID-19
Tipo de resolución: Recurso de Casación
Fecha de la resolución: 09/06/2022
Ciudad: Lima / Huancavelica
Número de la resolución: Casación N.° 1509-2021/Huancavelica
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva adicional: Caso sobre delito de cohecho pasivo específico en agravio del Estado. Se analiza si la pandemia por COVID-19 constituye una circunstancia de especial dificultad para prolongar la prisión preventiva. Se declara infundado el recurso de casación por razones de oportunidad procesal, pero se establece doctrina jurisprudencial sobre la interpretación de las circunstancias de especial dificultad en el contexto pandémico.

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