ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL

Caución económica, plazo razonable y suspensión preventiva del cargo en el tráfico de influencias «Apelación Nro. 179-2022/Nacional»

By

22 de febrero de 2025
Copiar
PDF
Escuchar
Pausar
Detener

Caución económica, plazo razonable y suspensión preventiva del cargo en el tráfico de influencias «Apelación Nro. 179-2022/Nacional»

Sumilla:

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resuelve los recursos de apelación contra la resolución que impuso medidas de coerción procesal, estableciendo criterios sobre: a) La determinación del monto de la caución económica considerando la capacidad económica real del imputado, b) La no procedencia de la suspensión preventiva del cargo cuando no existe peligro concreto de obstaculización, y c) El plazo razonable del impedimento de salida del país en procesos complejos.

Fundamentos destacados:

«El nivel de riesgo para adoptar tal medida, como ya se ha señalado, amén de ser concreto, debe ser sólido, desde que tiene que ponderarse tal nivel de peligrosidad con las consecuencias de la suspensión temporal del cargo, a la luz del derecho fundamental de la libertad laboral. En el presente caso, no existen datos razonables o situaciones claramente planteadas que revelen la concreción de tal peligro. Por tanto, el recurso de apelación del Ministerio Público en este extremo debe ser desestimado.»

Hechos del caso:

El Ministerio Público formalizó investigación preparatoria contra Raúl Ernesto Carlos Salcedo Rodríguez, quien en su condición de juez supernumerario del Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, durante febrero de 2018, habría solicitado mediante comunicación telefónica a Gianfranco Martín Paredes Sánchez (exasesor de Walter Benigno Ríos Montalvo) que designara a una persona de confianza en el cargo de juez supernumerario del Segundo Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia del Callao, para resolver conforme a los intereses de terceros.

Asimismo, durante 2018, el investigado habría solicitado ser designado como juez superior de la Corte Superior de Justicia del Callao. De igual manera, en mayo de 2018, habría solicitado a Pablo Saúl Morales Vásquez (exasesor de Orlando Velásquez Benítez) que interceda para ser designado juez superior de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

Finalmente, en mayo de 2018, habría ofrecido «un presentito» al servidor Cristian Marino León Alva para que calificara favorablemente al postulante Martín Miguel Miranda Raymundo al puesto de asistente de Informática en la Convocatoria CAS Nro. 1-2018-Callao, y le brindara información sobre puntajes de otros postulantes.

Itinerario procesal:

La Fiscalía Superior Penal Nacional presentó requerimiento de comparecencia con restricciones, suspensión temporal del cargo e impedimento de salida del país contra el investigado. Mediante Resolución Nro. 2 del 26 de julio de 2022, el Juzgado Superior de Investigación Preparatoria Nacional impuso comparecencia con restricciones, caución de S/ 3,000 e impedimento de salida por 36 meses, declarando infundada la suspensión preventiva del cargo.

Agravios del recurrente:

  1. El Ministerio Público cuestiona el monto de la caución por ser insuficiente, argumentando que el investigado tiene ingresos y bienes que le permitirían pagar una suma mayor.
  2. Alega que la no imposición de la suspensión del cargo es incorrecta pues el investigado podría influir en testigos por sus vínculos en la Corte del Callao.
  3. La defensa del investigado cuestiona el impedimento de salida del país por 36 meses, señalando que no se fundamentó adecuadamente el peligro procesal y que cuenta con arraigos.

Fundamentos del tribunal supremo:

La Sala Penal Permanente analiza detalladamente los tres aspectos cuestionados:

Respecto a la caución económica, considera que el monto debe incrementarse a S/ 10,000 pues el investigado tiene capacidad económica acreditada con bienes muebles e inmuebles y sus gastos no son excesivamente elevados. Precisa que puede ofrecer fianza personal o garantía mobiliaria.

En cuanto a la suspensión preventiva del cargo, establece que no procede pues el investigado ya no labora en la Corte del Callao sino en Lima Sur, y el solo hecho de haber sido magistrado no implica per se un peligro concreto. Se requiere acreditar un riesgo sólido que justifique afectar el derecho al trabajo.

Sobre el impedimento de salida, confirma su imposición pero reduce el plazo a 18 meses por tratarse de un proceso complejo, conforme al artículo 272° del Código Procesal Penal. Valora que el investigado tiene facilidad para viajar al extranjero y capacidad económica para solventar su salida.

Conclusión:

La Sala Suprema declara fundados en parte ambos recursos, confirmando la no imposición de la suspensión del cargo, incrementando la caución a S/ 10,000 y reduciendo el impedimento de salida a 18 meses.

Ponente:

Altabás Kajatt

Nombre del Tribunal: Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República
Año: 2022
Título de la resolución: Caución, suspensión preventiva del cargo e impedimento de salida del país
Tipo de resolución: Apelación
Fecha de la resolución: 10/01/2023
Ciudad: Lima
Número de la resolución: Apelación N.° 179-2022
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva adicional: Resolución que resuelve recursos de apelación sobre medidas coercitivas (caución económica, suspensión preventiva del cargo e impedimento de salida) en investigación por delitos de tráfico de influencias agravado y cohecho activo genérico

Loading

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

5 / 5. Votos totales: 1

¡Aún no hay votos! Sé el primero en calificar esta publicación.

Ya que has encontrado útil este contenido...

¡Síguenos en las redes sociales!

¡Siento que este contenido no te haya sido útil!

¡Déjame mejorar este contenido!

Dime, ¿cómo podemos mejorar este contenido?

Top de abogados que más publican en Alejandrius

  • Alejandrius
    1168 Publicaciones