ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL

Abuso del cargo y obtención indebida de beneficios en el delito de concusión «Casación Nro. 1743-2019/Junín»

By

22 de febrero de 2025
Copiar
PDF
Escuchar
Pausar
Detener

Abuso del cargo y obtención indebida de beneficios en el delito de concusión «Casación Nro. 1743-2019/Junín»

Sumilla:

El sujeto activo debe no solo ostentar calidad de funcionario o servidor público, sino que, fundamentalmente, la conducta típica exigida es realizar el abuso del cargo de forma explícita o encubierta; ello implica que, al momento de los hechos, efectúe un mal uso del cargo que le ha sido otorgado o lo ejerza de forma contraria a la encomendada. Este abuso debe tener incidencia sobre la voluntad del sujeto pasivo, viciándola, de tal modo que acceda a sus ilegítimas pretensiones.

Fundamentos destacados:

El delito de concusión requiere que el sujeto activo debe no solo ostentar calidad de funcionario o servidor público, sino que, fundamentalmente, la conducta típica exigida es realizar el abuso del cargo de forma explícita o encubierta; ello implica que, al momento de los hechos, efectúe un mal uso del cargo que le ha sido otorgado o lo ejerza de forma contraria a la encomendada. Este abuso debe tener incidencia sobre la voluntad del sujeto pasivo, viciándola, de tal modo que acceda a sus ilegítimas pretensiones.

Hechos del caso:

El SO1 EP Clever Rojas Canchanya fue designado mediante Memorándum número 14/CIA CMDO número 31/S-1/02.38.02 del 5 de febrero de 2014 para ocupar el puesto de la sección de operaciones e instrucción, realizando la planificación, ejecución y conducción de la instrucción al personal de tropa de servicio militar voluntario y tropa de servicio activo no acuartelado femenino (SANAF).

En su condición de responsable del SANAF, indujo a potenciales postulantes a entregar sumas de dinero indebidas para favorecerlas en su ingreso:

  • A Nathaly Samantha Palomino Chavarría le solicitó S/ 100, materializándose la entrega de S/ 70 el 15 de abril de 2014, indicándole que «ya estaba adentro». Ingresó definitivamente el 22 de abril de 2014.
  • Cyntia Karina Lazo Alarcón depositó S/ 150 el 1 de abril de 2014 en la cuenta del Banco de la Nación del acusado.

Posteriormente, en mayo de 2014 fue denunciado por acoso e insinuaciones indecorosas y agresión física por Greetel Rivas Mandujano. En las declaraciones del personal SANAF también se relataron solicitudes de dinero para ingresar al servicio militar.

Itinerario procesal:

Lo desarrollado por el Juzgado:
El Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo lo condenó como autor del delito de concusión imponiéndole:

  • 3 años de pena privativa de libertad
  • 180 días-multa (S/ 4,940)
  • Inhabilitación por 3 años
  • Reparación civil de S/ 5,000

Lo desarrollado por la Sala Superior:
La Sala Penal de Apelaciones confirmó la condena pero modificó la pena a:

  • 2 años de pena privativa de libertad
  • 180 días-multa (S/ 4,950)
  • Inhabilitación por 3 años

Agravios del recurrente:

  1. Cuestiona la interpretación del elemento «abuso del cargo» del delito de concusión, alegando que debe ser inherente a las funciones asignadas
  2. Argumenta que no tenía la facultad para determinar el ingreso de las postulantes al servicio militar
  3. Sostiene que no se ha configurado el delito al no estar dentro de sus atribuciones definir el ingreso de personal

Fundamentos del tribunal supremo:

  1. Para la configuración del delito de concusión no basta ostentar la calidad de funcionario público, sino que se requiere el abuso del cargo de forma explícita o encubierta.
  2. El abuso implica un mal uso del cargo otorgado o ejercerlo de forma contraria a lo encomendado, debiendo tener incidencia en la voluntad del sujeto pasivo.
  3. Se verifica que el acusado no solo ocupaba el puesto de instrucción del SANAF, sino que tenía competencia para calificar exámenes determinantes para el ingreso.
  4. Las postulantes fueron inducidas a entregar sumas de dinero (S/ 100, S/ 150 y S/ 20) consumándose el delito cuando el acusado obtuvo estos beneficios económicos.
  5. El Tribunal establece que para el delito de concusión se debe aplicar un criterio amplio del «abuso de cargo», no limitándolo a funciones inherentes como en otros delitos.

Conclusión:

La Corte Suprema declaró INFUNDADO el recurso de casación, confirmando la condena por delito de concusión al haberse acreditado que el acusado abusó de su cargo induciendo a las postulantes a entregar dinero para favorecerlas en su ingreso al servicio militar, pese a que este ingreso debía ser gratuito.

Ponente:

Carbajal Chávez

Nombre del Tribunal: Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República
Año: 2019
Título de la resolución: Abuso de cargo en el delito de concusión
Tipo de resolución: Casación
Fecha de la resolución: 08/03/2022
Ciudad: Lima
Número de la resolución: Casación N° 1743-2019
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva: Delito de concusión cometido por servidor militar que solicitó pagos indebidos para favorecer el ingreso de postulantes al servicio militar. Se confirma condena de 2 años de prisión, multa e inhabilitación.

Loading

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

5 / 5. Votos totales: 1

¡Aún no hay votos! Sé el primero en calificar esta publicación.

Ya que has encontrado útil este contenido...

¡Síguenos en las redes sociales!

¡Siento que este contenido no te haya sido útil!

¡Déjame mejorar este contenido!

Dime, ¿cómo podemos mejorar este contenido?

Top de abogados que más publican en Alejandrius

  • Alejandrius
    1165 Publicaciones