REPOSITORIO DEL CODIGO PENAL ALEJANDRIUS

Repositorio Jurídico del Artículo 298 del Código Penal – Formas atenuadas de elaboración, comercialización y posesión.

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23 de mayo de 2024 Copiar documento Leer en Voz Alta Pausa/Reanudar Detener

Artículo 298.- Formas atenuadas de elaboración, comercialización y posesión.

La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días-multa cuando:

1. La cantidad de droga tóxica elaborada, fabricada, extractada, preparada, comercializada, entregada a terceros o poseída para usos ilegales por el agente no sobrepase los cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco gramos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien gramos de marihuana o diez gramos de sus derivados o dos gramos de éxtasis, conteniendo Metilendioxianfetamina – MDA, Metilendioximetanfetamina – MDMA, Metanfetamina o sustancias análogas.

2. Las materias primas o los insumos comercializados por el agente que no excedan de lo requerido para la elaboración de las cantidades de drogas señaladas en el inciso anterior.

3. Se comercialice o distribuya pegamentos sintéticos que expelen gases con propiedades psicoactivas, acondicionados para ser destinados al consumo humano por inhalación.

La pena será privativa de libertad no menor de seis años ni mayor de diez años y de trescientos sesenta a setecientos días-multa cuando el agente ejecute el delito en las circunstancias previstas en los incisos 2, 3, 4, 5 o 6 del artículo 297 del Código Penal.

 


CONCORDANCIAS:

Constitución Política del Perú:
arts. 2.24.h, 7-9, 59, 65.
Código Penal:
arts. 12, 23, 29, 36.1, 2, 4. 41-44, 92, 93, 296, 297.2-6, 402.
Código Procesal Penal:
arts. 135, 143.
Declaración Universal de Derechos Humanos:
art. 25.1.
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre:
art. XI.

JURISPRUDENCIA:

CORTE SUPREMA

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DOCTRINA:


MODIFICATORIAS:

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1592

- publicado en el diario oficial El Peruano /

DECRETO LEGISLATIVO N° 982

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY N° 28002

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY N° 27817

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY Nº 26320

- publicado en el diario oficial El Peruano /

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