REPOSITORIO DEL CODIGO PENAL ALEJANDRIUS

Repositorio Jurídico del Artículo 19 del Código Penal –  Participación de varios agentes en la tentativa

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23 de mayo de 2024 Copiar documento Leer en Voz Alta Pausa/Reanudar Detener

Artículo 19.- Participación de varios agentes en la tentativa

Si varios agentes participan en el hecho, no es punible la tentativa de aquél que voluntariamente impidiera el resultado, ni la de aquél que se esforzara seriamente por impedir la ejecución del delito, aunque los otros partícipes prosigan en su ejecución o consumación.

 


CONCORDANCIAS:

Código Penal:
arts. 23-28, 46.
Código Civil:
art. 667.1.

JURISPRUDENCIA:

 

CORTE SUPREMA

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DOCTRINA:


MODIFICATORIAS:

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