cwr4x2zY 0dC1Daqx S89qvOOD hCefgkEW JQXw5oKf ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL 1

Valoración de la pericia balística y demás elementos probatorios en delitos de tenencia ilegal de armas y marcaje «Recurso de Nulidad Nro. 664-2020/Lima Sur»

ByAlejandrius

3 de noviembre de 2024
Copiar
PDF
Escuchar
Pausar
Detener

Valoración de la pericia balística y demás elementos probatorios en delitos de tenencia ilegal de armas y marcaje «Recurso de Nulidad Nro. 664-2020/Lima Sur»

Sumilla:

La oralización en audiencia de las diligencias actuadas a nivel preliminar brinda la oportunidad a las partes de debatirlas; por lo tanto, con ese procedimiento, se somete al contradictorio.

Fundamentos destacados:

Para la configuración del delito de tenencia ilegal de armas de fuego no se exige que el poseedor sea propietario; solo se requiere la situación posesoria mínima y la facultad o posibilidad de disposición o de ser utilizada, cualquiera sea la duración del tiempo que permita su utilización, según se estableció en la Casación número 1522-2017/La libertad.

Hechos del caso:

El 12 de noviembre de 2014, personal policial de la División de Investigación Criminal del Rímac obtuvo información confidencial sobre sujetos dedicados a delitos contra el patrimonio en Villa María del Triunfo. A las 11:15 horas, observaron un vehículo guinda de placa COL-505 con cuatro ocupantes merodeando sospechosamente en la calle Las Moras y avenida Los Lirios. Al percatarse de la presencia policial, los sujetos huyeron, iniciándose una persecución que culminó con la intervención de E.C.Q.Q. (conductor) y J.A.P.P. (copiloto), mientras otros dos sujetos lograron escapar. En el registro vehicular se halló un arma de fuego calibre 380, pasamontañas, sogas, una pata de cabra y documentos, incluyendo un croquis de la vivienda del empresario V.H.P.T.

Itinerario procesal:

La Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, el 25 de julio de 2019, condenó a E.C.Q.Q. y J.A.P.P. por los delitos de tenencia ilegal de armas (art. 279 del Código Penal) y marcaje o reglaje (art. 317-A del Código Penal), imponiéndoles 13 años de pena privativa de libertad, inhabilitación definitiva para obtener licencia de armas y el pago de S/ 3,000 de reparación civil.

Agravios del recurrente:

  1. La pericia balística forense en copia no fue debatida ni ratificada, vulnerando el derecho a la defensa.
  2. El acta de incautación no fue ratificada ni sometida a contradictorio.
  3. La declaración policial sin presencia del Ministerio Público no constituye prueba válida.
  4. No se realizaron pericias de absorción atómica ni grafotécnica.
  5. Alegan que la posesión del arma debe ser continua, no esporádica, para configurar el delito.
  6. Cuestionan la condena por marcaje basada en una declaración policial sin presencia fiscal.

Fundamentos del tribunal supremo:

El Tribunal Supremo desestimó los agravios, señalando que:

  • La pericia balística fue ofrecida, admitida y oralizadas en el juicio, dando oportunidad a las partes de debatirla.
  • El acta de registro vehicular e incautación fue ratificada por los policías intervinientes y sometida a contradictorio en el juicio.
  • Para el delito de tenencia ilegal de armas, basta la posesión mínima y la posibilidad de disposición, sin importar la duración.
  • Las circunstancias de la intervención, las especies incautadas y los indicios de mala justificación, presencia en el lugar y capacidad para delinquir acreditan la responsabilidad de los procesados.
  • El delito de marcaje se configuró al acreditarse la vigilancia para la probable comisión de robo, concurriendo en concurso real con la tenencia ilegal de armas.

Conclusión:

La Corte Suprema declaró no haber nulidad en la sentencia impugnada, confirmando la condena de 13 años de prisión, inhabilitación y reparación civil por los delitos de tenencia ilegal de armas y marcaje o reglaje, al considerar que los elementos probatorios fueron debidamente incorporados y valorados, acreditando la responsabilidad penal de los procesados.

Ponente:

Sequeiros Vargas

Nombre del Tribunal: Corte Suprema de Justicia
Año: 2020
Título de la resolución: La oralización en audiencia de las diligencias actuadas a nivel preliminar brindan oportunidad a las partes a debatirlas; por lo tanto, con este acto se les somete al contradictorio.
Tipo de resolución: Recurso de Nulidad
Fecha de la resolución: 25/05/2021
Ciudad: Lima
Número de la resolución: 000664-2020
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva adicional: Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas o materiales peligrosos Art. 279

Loading

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

0 / 5. Votos totales: 0

¡Aún no hay votos! Sé el primero en calificar esta publicación.

Ya que has encontrado útil este contenido...

¡Síguenos en las redes sociales!

¡Siento que este contenido no te haya sido útil!

¡Déjame mejorar este contenido!

Dime, ¿cómo podemos mejorar este contenido?

Top de abogados que más publican en Alejandrius

  • Alejandrius
    1165 Publicaciones