ALEJANDRIUS JURISPRUDENCIA CODIGO PENAL

Extemporaneidad en la solicitud de prórroga del plazo de investigación preparatoria compleja «Recurso Casación Nro. 1611-2021/Huaura»

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22 de febrero de 2025
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Extemporaneidad en la solicitud de prórroga del plazo de investigación preparatoria compleja «Recurso Casación Nro. 1611-2021/Huaura»

Sumilla:

1. El artículo 342 del Código Procesal Penal fija un plazo determinado de duración del procedimiento de investigación preparatoria; y, lo subdivide, según se trate de procedimientos investigativos simples, complejos o contra integrantes o vinculados a organizaciones criminales. Este plazo, sin duda impropio (su vulneración no genera nulidad de actuaciones sino de eventuales correcciones disciplinarias contra los integrantes de las oficinas fiscal y judicial que lo incumplan), puede ser objeto de prórroga por única vez, y cuando se trata de los últimos procedimientos investigativos corresponde acordarlo al juez de la investigación preparatoria.

Fundamentos destacados:

«El procedimiento, como conjunto de actos que se suceden y que se anteponen los unos a los otros, está ordenado necesariamente entre otras cosas por el factor tiempo; y, la ordenación temporal de los actos procesales afecta por igual a los del juez y a los de las partes. Las actuaciones procesales no solo se practican sin dilación, sino que están sujetas a los principios de improrrogabilidad de los plazos y de impulso de oficio de las mismas; y, un correlato de ambos principios, el principio de preclusión de los actos procesales, «[…] que resulta del transcurso del plazo o término prevista para la realización de un determinado acto procesal y se traduce en la pérdida de la oportunidad, para que la parte que levantó la carga de su práctica dentro del plazo o en el término señalado, de llevar a cabo su práctica de forma extemporánea».

Hechos del caso:

Entre los años 2013 y 2014 se realizó la obra «Instalación de servicio de protección contra el probable deslizamiento por receptación de suelos en la ladera de cerro Pucruchacra, distrito de San Mateo de Huancor – Huarochirí» por un monto de S/. 1,921,549.00. El Fiscal Provincial Penal Corporativo del Segundo Despacho de Investigación Preparatoria de Huaura formalizó investigación preparatoria contra Javier Jesús Alvarado Gonzales Del Valle, Próspero Adalberto Senosain Calero, Juan José Lengua Salvador y otros por delito de peculado doloso por apropiación en agravio del Estado – Gobierno Regional de Lima.

Itinerario procesal:

a) El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Huaura registró la investigación preparatoria por el plazo de ocho meses al ser declarada compleja.

b) La Sala Superior Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura confirmó el auto de primera instancia que declaró improcedente el pedido de prórroga del plazo de investigación preparatoria compleja requerido por el Ministerio Público.

Agravios del recurrente:

  1. El fiscal superior denunció infracción de precepto material y quebrantamiento de precepto procesal del artículo 144, apartado 1 del Código Procesal Penal.
  2. Propuso determinar si corresponde conceder la prórroga del plazo complejo aun cuando el Ministerio Público lo solicitó vencido el plazo inicial de investigación.

Fundamentos del tribunal supremo:

  • El artículo 342 del CPP fija plazos determinados para la investigación preparatoria según se trate de procedimientos simples, complejos o contra organizaciones criminales.
  • La prórroga nunca es automática y solo puede disponerse por causas justificadas, respetando el derecho al plazo razonable.
  • El principio de preclusión establece que vencido el plazo se pierde la oportunidad de realizar el acto procesal.
  • En el caso concreto, el requerimiento de prórroga se presentó cuando ya había vencido el plazo de 8 meses de investigación preparatoria.
  • No se afectó la tutela jurisdiccional efectiva del Ministerio Público pues el requerimiento fue extemporáneo.

Conclusión:

Se declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Superior, confirmándose la improcedencia del requerimiento fiscal de prórroga del plazo de investigación preparatoria por haberse solicitado de manera extemporánea.

Ponente:

San Martín Castro

Nombre del Tribunal: Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia
Año: 2021
Título de la resolución: Prolongación del plazo de la investigación preparatoria. Oportunidad procesal
Tipo de resolución: Recurso de Casación
Fecha de la resolución: 11/07/2022
Ciudad: Lima
Número de la resolución: Recurso Casación N° 1611-2021/HUAURA
Código del juzgado: Sala Penal Permanente
Información descriptiva adicional: Caso sobre delito de peculado doloso por apropiación en agravio del Estado – Gobierno Regional de Lima. Se declara infundado el recurso de casación contra auto que declaró improcedente el requerimiento de prórroga del plazo de investigación preparatoria por extemporáneo.

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